Page 7 - NEGOCIACION COLECTIVA EN HOSTELERIA MALLORCA
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NEGOCIACIÓN COLECTIVA HOSTELERÍA BALEAR 2002. En el capítulo II se trata de las formas de Contratación, Plantillas, Movilidad funcional y procedimientos de ascenso en el escalafón de Personal. La asociación entre eventualidad, temporalidad y siniestralidad está suficientemente demostrada por las estadísticas por lo que la estructura contractual en el sector no es ajena al problema que analizamos: En el Convenio se hace referencia a trabajadores fijos, trabajadores fijos discontinuos (con una garantía desigual de ocupación por temporada) trabajadores con contrato eventual, trabajadores cedidos por Empresas de Trabajo Temporal, etc. La movilidad funcional, a la que se hace referencia, debe ofrecer garantías preventivas añadidas a las necesarias en un puesto habitual de trabajo, aún en actividades tan próximas como las fijadas en las áreas del Convenio: Área primera: Recepción, Conserjería, Relaciones Públicas, Administración y Gestión. Área segunda: Cocina y Economato. Área tercera: Restaurante, Bar y Similares. Área cuarta: Pisos y Limpieza. Área quinta: Mantenimiento y Servicios Auxiliares. En el capítulo III se trata de la jornada de trabajo, descansos, permisos y excedencias. Se establece en el artículo 16 que la duración de la jornada ordinaria de trabajo queda establecida en 1.794 horas y 27 minutos anuales de trabajo efectivo, siendo, en consecuencia, el tiempo de trabajo, en cómputo semanal, de cuarenta horas. Se establece también que no se podrán realizar más de nueve horas ordinarias de trabajo efectivo diariamente y que entre el final de la jornada ordinaria y el comienzo de la siguiente mediarán como mínimo doce horas. En el artículo 17 se dice que los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal de dos días naturales consecutivos. GUÍA TÉCNICA PREVENTIVA para la NEGOCIACIÓN COLECTIVA en HOSTELERIA. - 7 -
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