Page 47 - Artículos de Opinión en ECONOMIA de MALLORCA del ULTIMA HORA 2003-2004
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ME DAN MIEDO LAS INYECCIONES. Lo reconozco, a mi también me dan miedo las inyecciones: mi mayor trauma infantil deriva de las que semanalmente me dejaban cojo de una pierna -distinta cada vez- para fortalecer mi tierno corazón. Lo dicho no es excusa para renunciar a los reconocimientos médicos; ni el hecho de que me recuerden cada vez el colesterol, el sobrepeso y que se me cae el pelo, como ya me advirtieron muchas veces que ocurriría. La ley establece que el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Dice también la ley que esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, o dicho de otro modo cuando no firme la renuncia que con amable insistencia se le ofrece a menudo. En mi ignorancia jurídica creía que el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible era otra cosa. Matizando inmediatamente, se dice que la Vigilancia de la Salud será obligatoria, previo informe de los representantes de los trabajadores, en los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Es decir, que si somos serios, prácticamente siempre. ¿A que pues estas complicaciones? ¿Será por dinero?. ¡No por favor!. La salud (de los trabajadores) no tiene precio, aunque en este mercado hay quien cobra un fijo por empresa y un tanto por reconocimiento médico hecho. Al firmar el “NO QUIERO” podemos estar rubricando un cheque contra nuestra cuenta más corriente. ¿Por qué entonces hay un cierto rechazo voluntario a los Reconocimientos Médicos?, (que no a la Vigilancia de la Salud si bien la misma norma los hace equivalentes). Probablemente porque no se cree, casi siempre sin razón, alguna de las siguientes afirmaciones: 1.- Se optará por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador (en horas de trabajo) y que sean proporcionales al riesgo. 2.- Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. 3.- Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores afectados. 4.- Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador.