Page 94 - Microsoft PowerPoint - CONVENIO PELUQUERIA [Modo de compatibilidad]
P. 94
Artículo 30. Estructura salarial. (2) CONVENIO PELUQUERÍAS Tendrán la consideración de salario los siguientes conceptos: Salario base. Complementos salariales. No se consideran salario las percepciones extrasalariales. Horas extraordinarias. Queda prohibida la realización de horas extraordinarias. En el supuesto de que se realicen horas extraordinarias, que son exclusivamente las generadas por ampliación del tiempo de servicio reguladas en el art. 24 se compensarán … Las cantidades abonadas a cuenta de convenio serán compensadas con los incrementos salariales pactados. En caso de acuerdo, este tiempo de más, se recupera reduciendo la jornada de trabajo en días posteriores o acumulándolo a lo largo del mes y disfrutándolo como jornada libre en el mes siguiente. En caso de desacuerdo, se abonará dicho tiempo de acuerdo con el salario pactado, para lo cual deberá llevarse un registro mensual de dichos tiempos y abonarse a final de mes.
   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98   99