Page 50 - Microsoft PowerPoint - CONVENIO PELUQUERIA [Modo de compatibilidad]
P. 50
Artículo 18. Grupos profesionales. (5) CONVENIO PELUQUERÍAS Grupo profesional II. Criterios generales. En este grupo se incluyen las siguientes funciones: Moldeados. Cambios de color en el cabello. Recepción de clientes. Tareas de limpieza, vinculadas exclusivamente a su puesto de trabajo. Tareas preventivas para evitar accidentes en establecimientos de baños. Preparación y cuidado de los baños y saunas. Tareas auxiliares a la enseñanza teórica-práctica en gimnasios y saunas. Personal dedicado a la puesta en marcha y conservación de toda clase de máquinas y aparatos técnicos en gimnasios y saunas. Venta de productos cosméticos, utensilios y aparatos de peluquería, belleza y de prestación de servicios en el ámbito de la estética personal. Tareas de operación de equipos de télex o facsímil. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o mecánicas, al efecto del movimiento diario. Operador de ordenador. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios, tramitación de pedidos y propuestas de contestación. Tareas que consisten en establecer en base a documentos contables, una parte de la contabilidad.