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Artículo 43. Formación profesional continua. (2) 1. Objetivos de la formación profesional en la empresa: C) Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. D) Reconversión profesional. E) Ampliar los conocimientos del personal que le permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. F) Formar teórica y prácticamente de manera suficiente y adecuada en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que se establece el art. 19 LPRL. G) Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito sectorial del Convenio y proponer al Instituto Nacional de Cualificaciones la homologación de las certificaciones. CONVENIO PELUQUERÍAS