Page 42 - Microsoft PowerPoint - CONVENIO PELUQUERIA [Modo de compatibilidad]
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Artículo 18. Grupos profesionales. (1) CONVENIO PELUQUERÍAS Grupo profesional 0. Personal directivo. Los trabajadores de este grupo planean, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden elaboración de la política de organización, planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, a la política adoptada; establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo, y el desarrollo de la política empresarial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos puestos de dirección o ejecución de los mismos niveles en la estructura la empresa según la particular ordenación de esta. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades asimilables a las de Dirección técnico-artística del salón.
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