Page 59 - 4 MAQUINAS PELIGROSAS
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Ce6.- Los órganos móviles de cierre de botes deben disponer de resguardos móviles que impidan el acceso a dicha zona. Ce7.- Los órganos móviles de la parte posterior de la cerradora ................. deben disponer de resguardos móviles que impidan el acceso a dicha zona. Ce8.- Las protecciones de los órganos móviles de cierre de botes y de la parte posterior de la máquina deben llevar en la protección un sistema de enclavamiento que al abrir la misma corte la corriente y pare la máquina. Ce9.- Las estrellas y sinfines que introducen los botes a la cerradora deben disponer de resguardos que impidan el acceso a dicha zona. Ce10.- Los piñones y cadenas de la máquina cerradora deben disponer de resguardos de suficiente resistencia. Ce11.- Todas las partes en tensión de la instalación eléctrica de la cerradora deberán estar protegidas mediante obstáculos, barreras, envolventes, etc. que impidan poder contactar con ellas. Ce12.- Para evitar los contactos eléctricos indirectos producidos por fallos de aislamiento entre las partes activas y cualquier masa conductora de cerradora, la conectarán al circuito de protección por puesta a tierra, además de instalar un dispositivo de desconexión automática de la alimentación eléctrica en caso de fallo de aislamiento. Ce13.- Deben evaluar la exposición de los trabajadores al ruido con objeto de determinar si se superan los límites fijados en el R.D. 1316/1989 y en su caso aplicar las medidas preventivas pertinentes. (Se adjunta hoja resumen R.D. 1316/1989). Ce14.- Deben mejorar la iluminación, consiguiendo un nivel adecuado al trabajo que se realiza, que sea lo más uniforme posible, evitando deslumbramientos y si fuera necesario deberán complementar en la(s) máquina(s) cerradora(s) la iluminación general con un sistema de iluminación localizada. Ce15.- Deben mejorar la ubicación en la zona de la(s) máquina(s) cerradora(s), mejorando los espacios libres destinados a zonas de trabajo. Ce16.- La(s) cerradora(s) de botes deberán mantenerse adecuadamente para que durante todo el tiempo de utilización satisfagan las condiciones de uso previstas por el fabricante. Las operaciones de mantenimiento, reparación o transformación que supongan un riesgo específico deberán ser encomendadas al personal específicamente capacitado para ello. Las operaciones de mantenimiento que puedan suponer un peligro para la seguridad de los trabajadores se realizarán tras haber parado o desconectado el equipo, haber comprobado la inexistencia de energías residuales peligrosas y haber tomado las medidas necesarias para evitar su puesta en marcha o conexión accidental mientras se estén efectuando las operaciones de mantenimiento. Ce17.- Los trabajadores de las cerradoras de botes deben tener la suficiente preparación y conocimientos sobre el manejo de la máquina, así como la formación e información sobre los riesgos laborales que entraña dicha máquina (Art. 18 de la L.P.R.L.).
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