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RECOMENDACIONES DE LA TUPÍ T0.- Deberán realizar la evaluación de los riesgos que no hayan podido evitarse en la(s) tupí(s), para en su caso adoptar las medidas preventivas necesarias. El procedimiento a seguir deberá partir de la información obtenida sobre la organización, características y complejidades del trabajo, materias primas utilizadas, estado de salud de los trabajadores y se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuesto a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración y de la información proporcionada por los trabajadores. El procedimiento de evaluación deberá proporcionar confianza sobre su resultado y se utilizarán, al menos, los conceptos de gravedad del accidente y probabilidad de que ocurra. Las evaluaciones iniciales de riesgos deberán revisarse periódicamente y estarán debidamente documentadas, identificando el puesto de trabajo, el riesgo o riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados, así como los resultados de las evaluaciones y las medidas preventivas procedentes. T01.- Deberán completar la evaluación inicial de riesgos realizada para la(s) tupí(s), teniendo presente: - Se realizará en cada puesto de trabajo debidamente identificado. - Se estudiarán los riesgos existentes. - Se aplicará un método que produzca confianza y que esté reconocido. - Se utilizarán como mínimo, los conceptos de gravedad del accidente y de probabilidad de que este ocurra. - En su caso y priorizando las actuaciones en el tiempo en función de los riesgos a eliminar, se adoptarán las medidas preventivas pertinentes. - Se revisarán periódicamente las evaluaciones de riesgos. - Las evaluaciones que pongan de manifiesto la necesidad de adoptar medidas preventivas deberán estar documentadas, identificando el puesto de trabajo, el riesgo o riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados, así como los resultados de las evaluaciones y las medidas preventivas procedentes. T1.- Se debe impedir el acceso a la herramienta de trabajo por debajo de la mesa mediante protección por resguardo fijo o protección por resguardo móvil dotada de enclavamiento. T2.- Todas las transmisiones de potencia deberán ser inaccesibles mediante la instalación de resguardos fijos, que estarán firmemente sujetos por medios permanentes o elementos de sujeción, que impidan ser retirados/abiertos sin empleo de herramientas, además de estar fabricados con materiales sólidos y resistentes. T3.- La herramienta por detrás de las guías, debe estar protegida mediante un resguardo fijo sujeto al soporte de las guías. El resguardo debe permitir el paso de la herramienta de mayor diámetro para la que se haya diseñado la máquina, para todas las alturas posibles del husillo. No debe ser posible montar una herramienta mayor en este resguardo. El resguardo debe permitir el cambio de herramienta por ejemplo, mediante una cubierta articulada sin enclavamiento, que se pueda bloquear en la posición cerrada durante el funcionamiento normal. No debe ser posible alcanzar la herramienta a través del juego entre las guías y el resguardo.