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BUSCADOR

1. Ningún usuario de la vía deberá penetrar en un paso a nivel cuyas barreras o semibarreras estén
atravesadas en la vía o en movimiento para levantarse o colocarse atravesadas, o cuando sus semáforos
impidan el paso con sus indicaciones de detención.
2. Ningún usuario de la vía deberá penetrar en un paso a nivel desprovisto de barreras,
semibarreras o semáforos, sin antes haberse cerciorado de que no se acerca ningún vehículo que circule
sobre raíles.
3. Ningún usuario deberá penetrar en un túnel o paso inferior si en la boca de éste un semáforo no
le permite el paso, con excepción de los equipos de los servicios de urgencia, asistencia mecánica y
conservación de carreteras.
SECCIÓN 2ª. Bloqueo de pasos a nivel, puentes móviles y túneles
Artículo 97. Detención de un vehículo en paso a nivel, puente móvil o túnel.
1. Cuando por razones de fuerza mayor quede un vehículo detenido en un paso a nivel o se
produzca la caída de su carga dentro de aquél, el conductor estará obligado a adoptar las medidas
adecuadas para el rápido desalojo de los ocupantes del vehículo y para dejar el paso expedito en el menor
tiempo posible. Si no lo consiguiese, adoptará inmediatamente todas las medidas a su alcance para que
tanto los maquinistas de los vehículos que circulen por raíles como los conductores del resto de los
vehículos que se aproximen sean advertidos de la existencia del peligro con la suficiente antelación
(artículo 41 del texto articulado).
2. Las normas contenidas en el apartado anterior serán aplicables, si concurren las mismas
circunstancias, cuando la detención del vehículo o la caída de su carga tenga lugar en un puente móvil.
3. Si por motivos de emergencia un conductor queda inmovilizado con su vehículo dentro de un
túnel o paso inferior, deberá:
a) Apagar el motor, conectar la señal de emergencia y mantener encendidas las luces de posición.
b) Si es posible, dirigir el vehículo hacia la zona reservada para emergencia más próxima en el
sentido de su marcha. De no existir, inmovilizará el vehículo lo más cerca posible al borde derecho de la
calzada.
c) Colocar correctamente sobre la calzada los dispositivos de preseñalización de peligro.
d) Solicitar auxilio sin demora a través del poste de socorro (poste SOS) más próximo, si existe, y
seguir las instrucciones que a través de él se le hagan llegar.
e) Tanto el conductor como los demás ocupantes abandonarán el vehículo, dirigiéndose
rápidamente al refugio o salida más próximos, sin que en ningún caso se transite por la calzada si existen
zonas excluidas a la circulación de vehículos.
f) Si se trata de una avería que permite la marcha del vehículo, deberá continuar hasta la salida del
túnel o paso inferior y, si ello no fuera posible, hasta una zona reservada para emergencia.
(Actualizado RD 965/2006)
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