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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 8 de junio de 2009
Sec. I. Pág. 48148
5.  Los solicitantes de permiso de las clases D1 y D, además de la maniobra G)
indicada en el punto 3, realizarán la siguiente maniobra con incidencia en la seguridad
vial:
L)
Estacionar para dejar que los pasajeros entren y salgan con seguridad.
6.  Previamente a la realización de las maniobras indicadas en los puntos 4 y 5, los
aspirantes deberán demostrar que son capaces de prepararse para una conducción segura
satisfaciendo obligatoriamente, además de las prescripciones establecidas en el punto 3.
párrafos a), b) y d) para los aspirantes a la obtención del permiso de la clase B, alguna de
las siguientes:
a) Verificar la asistencia del frenado y la dirección; comprobar el estado de las ruedas,
de sus tornillos de fijación, de los guardabarros, los parabrisas, las ventanillas y los
limpiaparabrisas; comprobar y utilizar el panel de instrumentos, incluido el aparato de control
regulado en el Reglamento (CEE) núm. 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985.
b)  Comprobar la presión, los depósitos de aire y la suspensión.
c)  Comprobar los factores de seguridad en relación con la carga del vehículo:
compartimento de carga, láminas, puertas de carga, mecanismo de carga (si existe), cierre
de la cabina (si existe), colocación de la carga y sujeción de ésta (clase C1 y C
únicamente).
d)  Ser capaz de tomar medidas especiales de seguridad del vehículo; comprobar las
bodegas de carga, las puertas de servicio, las salidas de emergencia, el material de
primeros auxilios, los extintores y demás equipos de seguridad (clases D1 y D
únicamente).
7.  Los solicitantes de permiso de la clase B + E, además de la maniobra G) indicada
en el punto 3, realizarán las siguientes maniobras con incidencia en la seguridad vial:
M)  Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.
Esta maniobra debe comenzar con el vehículo tractor y su remolque uno al lado del
otro (es decir, no en línea).
N)  Estacionamiento seguro para cargar o descargar.
Previamente a la realización de dichas maniobras, los aspirantes deberán demostrar
que son capaces de prepararse para una conducción segura satisfaciendo obligatoriamente,
además de las prescripciones establecidas en el punto 3.párrafos a), b), c)  y d)  para los
aspirantes a la obtención del permiso de la clase B, las siguientes:
a)  Comprobar los factores de seguridad en relación con la carga del remolque:
compartimento de carga, láminas, puertas de carga, cierre de la cabina (si existe),
colocación de la carga y sujeción de ésta.
b)  Comprobar el mecanismo de acoplamiento, del freno y de las conexiones
eléctricas.
8.  Los solicitantes de permiso de las clases C1 + E, C + E, D1 + E, y D + E, además
de las maniobras G) del punto 3 y M) del punto 7, realizarán las siguientes maniobras con
incidencia en la seguridad vial:
a)
La maniobra K) del punto 4 para las clases C1 + E y C + E.
b)
La maniobra L) del punto 5 para las clases D1 + E y D + E.
Previamente a la realización de dichas maniobras, los aspirantes deberán demostrar
que son capaces de prepararse para una conducción segura satisfaciendo obligatoriamente
las prescripciones establecidas en el punto 6.párrafos a), b), c) y d) y en el punto 7.
párrafos a) y b).
9.  Los solicitantes de licencia de conducción para vehículos para personas de
movilidad reducida deberán realizar las maniobras C) y E) del punto 2, y los de licencia
de conducción para vehículos especiales agrícolas las maniobras H) del punto 3, K) del
punto 4 y M) del punto 7.