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Caso 237
ÁCIDO SÚLFURICO FUMANTE.
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Qué medidas se deberán tomar antes de proceder a la carga de un
vehículo-cisterna con esta materia?
3.- Para transportar esta materia, ¿se podrán utilizar envases interiores de
vidrio directamente metidos en una caja de cartón? Explicarlo.
4.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima de esta materia se podrá transportar, por unidad de transporte,
junto con 270 l. de ácido clorhídrico del grupo de embalaje II?
5.- ¿Qué equipamiento deberá llevar el vehículo para cada miembro de la
tripulación ?
6.- Indicar otros códigos de cisternas que puede utilizarse para el transporte
de esta materia.
7.- ¿Cómo deberá ir señalizado y etiquetado un vehículo cisterna cargado
con esta materia?
8.- ¿Con qué materia puede ser embalada en común?
9.- Indicar los códigos de los tipos de GRG que pueden ser autorizados para
el transporte de esta materia, de entre los que a continuación se indican:
13H1, 13M1, 31N y 31HM1.
10.- Entre los vehículos autorizados para el transporte de esta materia,
¿cuáles deberán disponer de un limitador de velocidad?.-: