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Caso 228
ÁCIDO CLÓRICO EN SOLUCIÓN ACUOSA con un máximo del 10% de ácido
clórico.
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Qué embalajes simples de los que a continuación se indican pueden
usarse para esta materia? 1A1, 1A2, 1B1, 1B2, 3A2, 3H2, mencionando su
contenido máximo.
3.- ¿Qué marcado y etiquetado de peligro deberá llevar el embalaje
combinado que contenga envases interiores con esta materia?
4.- Indicar otros códigos-cisterna autorizados para el transporte de esta
materia.
5.- ¿Cuándo está considerada mercancía peligrosa de "alto riesgo".
6.- ¿Tiene su transporte prohibido el paso por túneles de la categoría E?
7.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima de esta materia se podrá transportar, por unidad de transporte,
junto con 750 kg de bromato de zinc?
8.- ¿Cómo deberá ir señalizado y etiquetado un vehículo-cisterna de varios
compartimentos cargados con esta materia y otras compatibles con ella?
9.- ¿Cuándo se deben establecer los requisitos especiales para la vigilancia
de los vehículos que transporten esta materia?
10.- Si un documento CMR/CIM acompaña a esta mercancía en cantidades
exceptuadas, ¿qué informaciones deberá incluir?