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Respuesta 228:
1.- UN 2626, ÁCIDO CLÓRICO EN SOLUCIÓN ACUOSA, 5.1, II, (E).
2.- Todos ellos: 1A1, 1A2, 1B1 y 1B2, con un contenido máximo de 250
litros, y los códigos 3A2 y 3H2, con contenido máximo de 60 litros.
3.- UN 2626, etiqueta5.1 y flechas de orientación en lados opuestos. El
número de ONU y las letras "UN", deben medir al menos 12 mm de alto,
excepto los bultos con una capacidad de 30 litros o de una masa neta de 30
kg y, excepto las botellas con un contenido de agua que no superior a 60
litros, deben tener al menos 6 mm de altura, y en los bultos con una
capacidad de 5 litros o 5 kg como máximo, que deben tener dimensiones
adecuadas.
4.- L4BH,L4DH,L10BH,L10CH,L10DH,L15CH,L21DH. Comprobar Jerarquía
de las cisternas.
5.- Nunca.
6.- Sí.
7.- 83,33 litros. (UN 2469; 1000-750= 250; 250/3= 83,33)
8.- Con dos paneles rectangulares retroreflectantes de color naranja, uno en
la parte delantera y otro en la parte trasera del vehículo, sin numeración, y
un panel naranja en los costados de cada compartimento, con la
numeración de peligrosidad e identificación de la materia transportada en
cada uno de ellos. Para esta materia el número de peligro (50) y número de
identificación de la materia (2626). Además, llevará en cada costado de
cada compartimento y detrás del vehículo las placas-etiquetas de peligro
correspondiente a la mercancía peligrosa transportada en cada uno de ellos.
Para esta mercancía el número de etiqueta será 5.1.
9.- No es necesario.
10.- La información "Mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas" e
indicar el número de bultos.
Normativa: 1.- ADR 3.2.2 (Tabla B), ADR 3.2.1 (Tabla A) y ADR 5.4.1.1
2.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 8" y ADR 4.1.4.1 P504
3.- ADR 5.2.1, ADR 5.2.1.9 y ADR 5.2.2
4.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 12" y ADR 4.3.4.1.2
5.- ADR 1.10.5
6.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 15" y ADR 8.6.4.
7.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 15" y ADR 1.1.3.6
8.- ADR 5.3.1.4 y ADR 5.3.2.1.2
9.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 19" y ADR 8.5
10.- ADR 3.5.6