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TE24 Si las cisternas destinadas al transporte
y colocación del betún se equipan con
una barra para el riego del mismo en el
extremo del tubo de descarga, el
dispositivo de cierre previsto en
6.8.2.2.2 puede sustituirse por un grifo
de cierre, situado en el tubo de
descarga, antes de la barra para riego.
TE25 (Reservado)
c)
Aprobación del tipo (TA)
TA1 Las cisternas no estarán autorizadas para el transporte de materias orgánicas.
TA2 Esta materia podrá transportarse en cisternas fijas o desmontables y en
contenedores cisternas en las condiciones fijadas por la autoridad competente del
país de origen, si ésta última, basándose en las pruebas que se citan a
continuación, dictamina que tal transporte se puede efectuar de manera segura. Si
el país de origen no es un Estado miembro, estas condiciones deberán ser
reconocidas por la autoridad competente del primer Estado que pise el transporte.
Para la aprobación del tipo se efectuarán pruebas a fin de:
-
probar la compatibilidad de todos los materiales que entren normalmente
en contacto con la materia durante el transporte;
-
proporcionar los datos para facilitar la construcción de los dispositivos de
descompresión de urgencia y de las válvulas de seguridad, habida cuenta
de las características de construcción de la cisterna; y
-
establecer cualquier requisito especial que pudiera ser necesario para la
seguridad del transporte de la materia.
Los resultados de las pruebas figurarán en el certificado de aprobación del tipo.
TA3 Esta materia sólo puede transportarse en cisternas con un código cisterna LGAV
o SGAV; la jerarquía del 4.3.4.1.2 no es aplicable.
TA4 Los procedimientos de evaluación de la conformidad recogidos en el 1.8.7
deberán ser aplicados por la autoridad competente, su representante o el
organismo de control conforme al 1.8.6.4 y acreditados según la norma EN
ISO/IEC 17020:2004 tipo A.
d)
Pruebas (TT)
TT1 Las cisternas de aluminio puro no se someterán en la prueba inicial ni en las
periódicas de presión hidráulica, más que a una presión de 250 kPa (2,5 bar)
(presión manométrica).
TT2 Se verificará el estado del revestimiento de los depósitos cada año por un perito
aprobado por la autoridad competente, que realizará una inspección del interior
del depósito.
TT3 Anulando las disposiciones del 6.8.2.4.2, los controles periódicos se realizarán lo más
tarde cada ocho años e incluirán, adicionalmente, un control de los espesores por
medio de instrumentos adecuados. Para estas cisternas, la prueba de estanqueidad y la
verificación previstas en el 6.8.2.4.3 se realizarán lo más tarde cada cuatro años.
TT4 (Reservado)
TT5 Las pruebas de presión hidráulica se realizarán lo más tarde cada
Tres años.
Dos años y medio.
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