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BUSCADOR
a)
ser compatibles con la(s) sustancias que se van a transportar (véase la normas ISO
11114-1:1997 e ISO 11114-2:2000); o
b)
estar eficazmente pasivados o neutralizados por reacción química.
6.7.5.2.5
Debe evitarse el contacto entre metales diferentes que puedan causar daños por corrosión
galvánica.
6.7.5.2.6
Los materiales de que esté hecho el CGEM, incluidos los de cualquier dispositivo, juntas de
estanqueidad o accesorios, no deben alterar a los gases que han de transportarse.
6.7.5.2.7
Los CGEM deben diseñarse de forma que resistan, sin pérdida de contenido, al menos la
presión interna ejercida por éste, y las cargas estáticas, dinámicas y térmicas en las
condiciones normales de manipulación y transporte. El diseño debe mostrar claramente que
se han tenido en cuenta los efectos de la fatiga, resultantes de la aplicación reiterada de esas
cargas durante la vida prevista del CGEM.
6.7.5.2.8
Los CGEM y sus elementos de sujeción deben poder soportar, cuando lleven la carga
máxima autorizada, las siguientes fuerzas estáticas aplicadas separadamente:
a)
En la dirección del transporte: el doble de la masa bruta máxima autorizada
multiplicada por la aceleración de la gravedad (g)1;
b)
Horizontalmente, en ángulo recto a la dirección del transporte: la masa bruta máxima
autorizada (cuando la dirección del transporte no esté claramente determinada, las
fuerzas deben ser iguales al doble de la masa bruta máxima autorizada) multiplicada
por la aceleración de la gravedad (g)1;
c)
Verticalmente hacia arriba: la masa bruta máxima autorizada multiplicada por la
aceleración de la gravedad (g)1; y
d)
Verticalmente hacia abajo, el doble de la masa bruta máxima autorizada (carga total
incluido el efecto de la gravedad) multiplicada por la aceleración de la gravedad (g)1.
6.7.5.2.9
Para cada una de las fuerzas mencionadas en el 6.5.7.2.8, la tensión ejercida sobre el lugar
más intensamente afectado de los elementos no excederá los valores dados en las
correspondientes normas de 6.2.2.1 o, si los elementos no han sido diseñados, construidos y
ensayados de conformidad con esas normas, en el código técnico o en la norma reconocida o
aprobada por la autoridad competente del país donde se utilice (véase 6.2.5).
6.7.5.2.10
Para cada una de las fuerzas mencionadas en 6.7.5.2.8, los coeficientes de seguridad que
habrán de aplicarse a la estructura y a las piezas de sujeción deben ser los siguientes:
a)
en el caso de los aceros que tengan un punto de fluencia claramente definido, un
coeficiente de seguridad de 1,5 en relación con el límite elástico garantizado; o
b)
en el caso de los aceros que no tengan un punto de fluencia claramente definido, un
coeficiente de seguridad de 1,5 en relación con el límite elástico convencional garantizado
de 0,2% y, para los aceros austeníticos, de 1%.
6.7.5.2.11
Los CGEM destinados al transporte de gases inflamables deberán poder conectarse a tierra.
6.7.5.2.12
Los distintos elementos deberán fijarse de manera que se evite todo movimiento indeseable
en relación con la estructura y que se concentren tensiones localizadas peligrosas.
6.7.5.3
Equipos de servicio
6.7.5.3.1
Los equipos de servicio deberán diseñarse de manera que se eviten todos los daños que
pudieran ocasionar la liberación del contenido del recipiente a presión en las condiciones
normales de manipulación y transporte. Si la unión entre el bastidor y los elementos permite un
movimiento relativo entre ellos, los equipos de servicio deben estar sujetos de forma que ese
movimiento no produzca ningún daño a los órganos activos. Los colectores, los accesorios de
vaciado (encastres de los tubos, dispositivos de cierre), y las válvulas de cierre deben estar
protegidos contra el riesgo de ser arrancados por fuerzas exteriores. Las tuberías del colector
que conducen a válvulas de cierre serán suficientemente flexibles como para proteger las
válvulas y las tuberías de desgarros o de la liberación del contenido del recipiente a presión.
A efectos de cálculo, g = 9,81 m/s2
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