Acero de referencia, un acero con una resistencia a la tracción de 370 N/mm2 y un
alargamiento a la rotura del 27%;
Acero dulce, un acero con una resistencia a la tracción mínima garantizada de 360 N/mm2 a
440 N/mm2 y un alargamiento a la rotura mínimo garantizado de conformidad con
6.7.3.3.3.3;
El intervalo de las temperaturas de cálculo del depósito deberá ser de -40 ºC a 50 ºC para los
gases licuados no refrigerados transportados en condiciones ambientes. Deberán preverse
temperaturas de cálculo más rigurosas para las cisternas portátiles sometidas a condiciones
climáticas más duras.
Temperatura de referencia de cálculo, la temperatura a la cual se haya determinado la
presión de vapor del contenido a efectos del cálculo de la PSMA. La temperatura de
referencia de cálculo debe ser inferior a la temperatura crítica de los gases licuados no
refrigerados a transportar para procurar que el gas se encuentre en todo momento en estado
líquido. Este valor, para los distintos tipos de cisternas portátiles, será el siguiente:
a)
depósito de 1,5 m de diámetro como máximo: 65 °C
b)
depósito de un diámetro superior a 1,5 m:
i) sin aislamiento ni parasol: 60 °C
ii) con parasol (véase 6.7.3.2.12): 55 °C y
iii) con aislamiento (véase 6.7.3.2.12): 50 °C
Densidad de llenado, la masa media de gas licuado no refrigerado por litro de capacidad del
depósito (kg/l). La densidad de llenado se indica en la instrucción de transporte en cisternas
portátiles T50 según 4.2.5.2.6;
6.7.3.2
Disposiciones generales relativas al diseño y a la construcción
6.7.3.2.1
Los depósitos deberán diseñarse y construirse de acuerdo con las disposiciones de un código
para recipientes a presión aprobado por la autoridad competente. Deberán construirse con
aceros adecuados para la conformación. En principio, los materiales deberán cumplir normas
nacionales o internacionales de materiales. Para los depósitos soldados, no deberán utilizarse
nada más que materiales cuya soldabilidad esté perfectamente demostrada. Las soldaduras
deberán realizarse según las reglas de buena práctica y ofrecer todas las garantías de
seguridad. Si el procedimiento de fabricación o los materiales lo exigen, los depósitos
deberán someterse a un tratamiento térmico para garantizar una resistencia adecuada de la
soldadura y de las zonas afectadas térmicamente. Durante la selección del material, deberá
tenerse en cuenta el intervalo de temperaturas de cálculo desde el punto de vista de los
riesgos de rotura frágil bajo tensión, formación de fisuras por corrosión y resistencia a los
choques. Si se utiliza acero de grano fino, el valor garantizado del límite elástico aparente no
deberá ser superior a 460 N/mm2 y el valor garantizado del límite superior de la resistencia a
la tracción no deberá ser superior a 725 N/mm2, según las especificaciones del material. Los
materiales de la cisterna portátil deberán estar adaptados al ambiente exterior que pueda
encontrarse durante el transporte.
6.7.3.2.2
Los depósitos de cisternas portátiles, así como sus órganos y tuberías deberán construirse:
bien de un material que sea prácticamente inalterable al gas o gases licuados no
a)
refrigerados a transportar,
b)
o bien de un material que sea pasivo o se neutralice eficazmente por reacción química.
6.7.3.2.3
Las juntas de estanqueidad deberán hacerse con materiales compatibles con el gas o gases
licuados no refrigerados a transportar.
6.7.3.2.4
El contacto entre metales distintos, fuente de corrosión galvánica, deberá evitarse.
6.7.3.2.5
Los materiales de la cisterna portátil, comprendidos los de los dispositivos, juntas de
estanqueidad y accesorios no deberán ser capaces de alterar el gas o gases licuados no
refrigerados que deban transportarse en la cisterna portátil.
6.7.3.2.6
Las cisternas portátiles deberán diseñarse y construirse con soportes que ofrezcan una base
estable durante el transporte y con dispositivos para elevación y apilado adecuados.
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