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BUSCADOR
"El presente certificado no exime al expedidor del cumplimiento de cualquier requisito
impuesto por el gobierno de cualquier país a través del cual se transporte el bulto".
g)
La lista detallada de todos los controles complementarios de orden operacional
necesarios para la preparación, carga, transporte, descarga y manipulación de la
remesa, comprendida cualquier medida especial de estiba encaminada a la disipación
segura del calor o al mantenimiento de la seguridad con respecto a la criticidad.
h)
Referencia a la información facilitada por el solicitante relativo a las medidas
específicas a adoptar antes de proceder a la expedición.
i)
Referencia al certificado o certificados pertinentes de aprobación del diseño.
j)
Especificación del contenido radiactivo real, comprendida cualquier restricción que
afecte al contenido radiactivo y que no resulte evidente a juzgar por la naturaleza del
embalaje. Se debe indicar la forma física y química, las actividades totales de que se
trata (comprendidas las de los distintos isótopos, si procediera), las cantidades en
gramos (cuando se trate de sustancias fisionables), y si son materiales radiactivos en
forma especial o materiales radiactivos de baja dispersión, si procede.
k)
Cualquier disposición en caso de emergencia considerada necesaria por la autoridad
competente.
l)
La especificación del programa de garantía de calidad aplicable como se requiere en 1.7.3.
m)
Si la autoridad competente lo considera apropiado, referencia a la identidad del solicitante.
n)
Firma y cargo del funcionario que extiende el certificado.
6.4.23.14
Todo certificado de aprobación del diseño de un bulto extendido por una autoridad
competente deberá comprender la siguiente información:
a)
Tipo de certificado.
b)
Marca de identificación de la autoridad competente.
c)
Fecha de emisión y de expiración.
d)
Toda restricción que afecte a las modalidades de transporte, si procede.
e)
Lista de los reglamentos nacionales e internacionales aplicables, comprendida la
edición del Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos de la AIEA,
de conformidad con la cual se aprueba el diseño.
f)
La siguiente declaración:
"El presente certificado no exime al expedidor del cumplimiento de cualquier requisito
impuesto por el Gobierno de cualquier país a través del cual o al cual se transporte el bulto".
g)
Referencias a certificados para otros contenidos radiactivos, otros refrendos de
autoridades competentes, o datos o información técnica adicionales, según considere
oportuno la autoridad competente.
h)
Declaración en la que se autorice la expedición, siempre que se requiera que dicha
expedición sea aprobada en virtud del párrafo 5.1.5.1.2., si procede.
i)
Identificación del embalaje.
j)
Descripción del embalaje mediante referencia a los planos o a la especificación del diseño.
Si la autoridad competente lo estima oportuno se incluirá una ilustración que pueda
reproducirse, de tamaño no superior a 21 cm por 30 cm, en la que se indique como está
constituido el bulto, acompañada de una breve descripción del embalaje, comprendidos
los materiales de que está construido, masa bruta, dimensiones externas generales y
aspecto.
Especificación del diseño mediante referencia a los planos.
k)
l)
Especificación del contenido radiactivo autorizado, comprendida cualquier restricción
que afecte al contenido radiactivo y que no resulte evidente a juzgar por la naturaleza
del embalaje. Se debe indicar la forma física y química, las actividades de que se trate
(comprendidas las de los distintos isótopos, si procediera), las cantidades en gramos
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