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BUSCADOR
(cuando se trate de sustancias fisionables), y si son materiales radiactivos en forma
especial o materiales radiactivos de baja dispersión, si procede.
k)
Además, por lo que respecta a los bultos para sustancias fisionables:
i)
descripción detallada del contenido radiactivo autorizado;
ii)
valor del ISC ;
iii)
referencia a la documentación que demuestre la seguridad del contenido con
respecto a la criticidad;
iv)
cualesquiera características especiales, en base a las cuales se haya supuesto la
ausencia de agua en determinados espacios vacíos, al efectuar la evaluación de
la criticidad;
v)
cualquier determinación (basada en el apartado b) del párrafo 6.4.11.4) a partir
de la cual se suponga una multiplicación de neutrones distinta en la evaluación
de la criticidad como resultado de la experiencia real de la irradiación; y
vi)
el intervalo de temperaturas ambiente en relación con el cual se ha aprobado el
arreglo especial.
l)
Una lista detallada de todos los controles complementarios de orden operacional
necesarios para la preparación, carga, transporte, descarga y manipulación de la
remesa, comprendida cualquier medida especial de estiba encaminada a la disipación
segura del calor.
m)
Si la autoridad competente lo estima oportuno, las razones existentes para el arreglo
especial.
n)
Descripción de las medidas de compensación que se aplicarán por tratarse de una
expedición bajo autorización especial.
o)
Referencia a la información facilitada por el solicitante relativo a la utilización del
embalaje o a medidas específicas a adoptar antes de proceder a la expedición.
p)
Declaración relativa a las condiciones ambientales supuestas con fines de diseño, si las
mismas no coinciden con las especificadas en 6.4.8.5, 6.4.8.6 y 6.4.8.15, según proceda.
q)
Cualquier disposición para emergencias considerada necesaria por la autoridad
competente.
r)
La especificación de un programa de aseguramiento de calidad aplicable como se
requiere en 1.7.3.
s)
Si la autoridad competente lo considera apropiado, referencia a la identidad del
solicitante y a la del transportista.
t)
Firma y cargo del funcionario que extiende el certificado.
6.4.23.13
Todo certificado de aprobación de una expedición extendido por una autoridad
competente deberá comprender la siguiente información:
a)
Tipo de certificado.
b)
Marca(s) de identificación de la autoridad competente.
c)
Fecha de emisión y de expiración.
d)
Lista de los reglamentos nacionales e internacionales aplicables, incluida la edición del
Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos de la AIEA, de
conformidad con la cual se aprueba la expedición.
e)
Toda restricción que afecte a las modalidades de transporte, tipo de medios de
transporte, contenedores, así como cualesquiera instrucciones necesarias sobre la ruta
a seguir.
f)
La siguiente declaración:
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