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BUSCADOR
g)
Los recipientes deberán estar marcados con una etiqueta clara y visible que estén
indicando que los recipientes son para su utilización exclusiva en globos de aire
caliente y dirigibles de aire caliente;
k)  La duración del servicio (desde la fecha de la inspección inicial) no deberá ser
superior a los 25 años.
653
El transporte de este gas en botellas con una capacidad máxima de 0,5 litros no está
sujeta a las demás disposiciones del ADR si se cumplen las siguientes condiciones:
-
Se cumplen las disposiciones de construcción y de prueba de las botellas;
-
Las botellas están embaladas en embalajes exteriores que cumplan al menos con
las disposiciones de la Parte 4 para los embalajes combinados. Se cumplirán las
disposiciones generales de embalaje del 4.1.1.1, 4.1.1.2 y 4.1.1.5 a 4.1.1.7;
-
Las botellas no serán embaladas en común con otras mercancías peligrosas;
-
La masa bruta de un bulto no será superior a 30 kg.; y
-
Cada bulto será marcado de manera clara y permanente con la inscripción "UN
1013". Este marcado estará contorneado por una línea, formando un cuadrado
colocado sobre un vértice y con una longitud de lado de al menos 100 mm por
100 mm.
654
Los residuos de encendedores, recogidos selectivamente y expedidos conforme al
5.4.1.1.3, se pueden transportar bajo este epígrafe para su eliminación. No deben estar
protegidas contra una descarga accidental, a condición de que se tomen medidas para
evitar la acumulación peligrosa de la presión y atmósferas peligrosas.
Los residuos de encendedores, que presenten fugas o se vean seriamente deformados,
deberán ser envasados de conformidad con la instrucción de embalaje P003. Además,
se aplicarán las siguientes disposiciones:
-
sólo se utilizarán los envases/embalajes rígidos con una capacidad máxima de 60
litros;
-
se llenarán los envases/embalajes con agua o cualquier otro material de protección
adecuado para evitar la inflamación;
-
en condiciones normales de transporte, todos los dispositivos de encendido de los
encendedores deben estar completamente cubiertos con un material de protector;
-
los envases/embalajes deberán estar debidamente ventilados para evitar la
creación de una atmósfera inflamable y el aumento de presión;
-
los bultos deberán ser transportados en vehículos o contenedores abiertos o
ventilados.
Los encendedores con fugas o seriamente deformados se transportarán en
envases/embalajes de socorro, siempre que se tomen las medidas apropiadas para
garantizar que no haya un aumento peligroso de la presión.
NOTA: La disposición especial 201 y las disposiciones especiales de embalaje PP84
y RR5 de la instrucción de embalaje P002 del 4.1.4.1 no se aplican a los residuos de
encendedores.
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