604
El bromato amónico y sus soluciones acuosas y las mezclas de un bromato con una
sal de amonio no están admitidos al transporte.
605
El clorato de amonio y sus soluciones acuosas y las mezclas de un clorato con una sal
de amonio no se admiten al transporte.
606
El clorito amónico y sus soluciones acuosas y las mezclas de un clorito con una sal de
amonio no se admiten al transporte.
607
Las mezclas de nitrato potásico y de nitrito de sodio con una sal de amonio no se
admiten al transporte.
608
El permanganato amónico y sus soluciones acuosas y las mezclas de un permanganato
con una sal de amonio no están admitidos al transporte.
609
El tetranitrometano no exento de impurezas combustibles no se admite al transporte.
610
Esta materia no se admitirá al transporte si contiene más del 45% de cianuro de
hidrógeno.
El nitrato amónico con más del 0,2% de materias combustibles (incluyendo cualquier
611
materia orgánica expresada en equivalente de carbono) no se admite al transporte, salvo
que entre en la composición de una materia o de un objeto de la clase 1.
612
(Reservado)
613
El ácido clórico en solución con más del 10% de ácido clórico o las mezclas de ácido
clórico con cualquier líquido que no sea agua no se admiten al transporte.
614
El 2, 3, 7, 8-tetraclorodibenzo-p-dioxina (TCDD), en concentraciones consideradas
como muy tóxicas según los criterios del 2.2.61.1, no se admitirá al transporte.
615
(Reservado)
616
Las materias con un contenido en ésteres nítricos líquidos superior al 40% deberán
satisfacer la prueba de exudación especificada en el 2.3.1.
617
Además del tipo de explosivo, deberá indicarse el nombre comercial del mismo en los
bultos.
En los recipientes que contengan 1,2-butadieno, la concentración en oxígeno de la fase
618
gaseosa no deberá exceder de 50 ml/m3.
619 - 622 (Reservados)
623
El trióxido de azufre (nº ONU 1829) deberá ser estabilizado añadiéndole un inhibidor.
El trióxido de azufre puro al 99,95% como mínimo podrá igualmente transportarse sin
inhibidor en cisternas, a condición de que se mantenga a una temperatura igual o
superior a 32,5 ºC. Para el transporte de esta materia sin inhibidor en cisternas a una
temperatura mínima de 32,5 ºC debe figurar en la carta de porte "Transporte a
temperatura mínima del producto de 32,5 ºC".
625
Los bultos que contengan estos objetos deben llevar claramente la siguiente
inscripción: "UN 1950 AEROSOLES".
626 - 627 (Reservados)
632
Materia considerada como inflamable espontáneamente (pirofórica).
633
Los bultos y los pequeños contenedores que contengan esta materia llevarán la
inscripción siguiente: "Mantener apartados de una fuente de inflamación". Esta
inscripción será redactada en una lengua oficial del país de procedencia y, además, si
esta lengua no fuera el inglés, el francés o el alemán, en inglés, francés o alemán, a
menos que disponga otra cosa los acuerdos, si los hubiere, concertados entre los países
interesados en el transporte.
634
(Suprimida)
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