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BUSCADOR
1.7.5
Materia radiactiva con otras propiedades peligrosas
Además de las propiedades radiactivas y fisibles, también deberá tenerse en cuenta todo
riesgo subsidiario presentado por el contenido del bulto como la explosividad,
inflamabilidad, piroforicidad, toxicidad química y corrosividad en la documentación, el
embalaje, el etiquetado, el marcado, la fijación de indicaciones, el almacenamiento, la
segregación y el transporte, para respetar todas las disposiciones pertinentes del ADR
aplicables a las mercancías peligrosas.
1.7.6.
No conformidad
1.7.6.1
En caso de no conformidad con cualquiera de los límites del ADR que es aplicable a la
intensidad de la radiación o a la contaminación,
a)
el expedidor debe ser informado de la no conformidad por:
i)
el transportista, si la no conformidad se constata a lo largo del transporte; o
ii)
el destinatario, si la no conformidad se constata en la recepción;
b)
el transportista, el expedidor o el destinatario, en su caso, debe:
i)
tomar medidas inmediatas para atenuar las consecuencias de la no conformidad;
ii)
investigar la no conformidad y sus causas, circunstancias y consecuencias;
iii) tomar las medidas apropiadas para remediar las causas y circunstancias que
originaron la no conformidad y para impedir la reaparición de circunstancias
análogas a aquéllas que han originado la no conformidad; y
iv) informar a la(s) autoridad(es) competente(s) de las causas de la no conformidad y
de las medidas correctoras o preventivas que se han tomado o que deben tomarse;
y
c)
la comunicación de la no conformidad al expedidor y a la(s) autoridad(es)
competente(s), respectivamente, debe hacerse lo antes posible, y se debe hacer
inmediatamente cuando se haya producido o se esté produciendo una situación de
exposición de emergencia.
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