"Destinatario", el destinatario según el contrato de transporte. Si el destinatario designa a un
tercero según las disposiciones aplicables al contrato de transporte, éste último está
considerado como el destinatario en el sentido del ADR. Si el transporte se efectúa sin
contrato de transporte, la empresa que se hace cargo de las mercancías peligrosas a la llegada
debe ser considerada como el destinatario;
"Directiva CE", disposiciones decididas por las instituciones competentes de la Comunidad
Europea y que afectan a todo Estado miembro destinatario en cuanto a los resultados a alcanzar,
dejando a las instancias nacionales la competencia en cuanto a la forma y a los medios;
"Diseño", para el transporte de materias de la clase 7, se refiere a la descripción de un
material radiactivo en forma especial, material radiactivo de baja dispersión, bulto o
embalaje que permita la perfecta identificación de tales elementos. La descripción puede
incluir especificaciones, planos técnicos, informes y otra documentación pertinente que
demuestren que se cumplen los requisitos reglamentarios;
"Dispositivo de manipulación" (para los GRG (IBC) flexibles), toda eslinga, abrazadera,
bucle o cerco fijado al cuerpo del GRG (IBC) o que constituye la continuación del material
con el cual ha sido fabricado;
"Dossier de la cisterna", un expediente que contiene todas las informaciones técnicas
importantes relativas a la cisterna, vehículo batería o CGEM, tales como las actas y
certificados mencionados en 6.8.2.3, 6.8.2.4 y 6.8.3.4;
E
"Embalador", la empresa que coloca las mercancías peligrosas en los envases o embalajes,
incluidos los grandes embalajes y los grandes recipientes para mercancías a granel (GRG
(IBC)) y, cuando proceda, quien prepara los bultos para ser transportados;
"Embalaje", uno o varios recipientes y todos los demás elementos o materiales necesarios
para permitir al recipiente cumplir con su función de retención y cualquier otra función de
seguridad (véase también "Gran embalaje" y "Gran recipiente para mercancías a granel"
(GRG (IBC)));
"Embalaje combinado", la combinación de embalajes para el transporte, constituida por uno
o varios envases interiores fijados en un embalaje exterior como se prescribe en 4.1.1.5;
NOTA: El "elemento interior" de los "embalajes combinados" se denomina siempre "envase interior" y
no "recipiente interior". Una botella de vidrio es un ejemplo de este tipo de "envase interior".
"Embalaje compuesto (de plástico)", un embalaje constituido por un recipiente interior de
plástico y por un embalaje exterior (metal, cartón, contrachapado, etc.). Una vez ensamblado,
este conjunto constituye un todo indisociable; se llena, almacena, remite y vacía tal cual;
NOTA: Véase NOTA en "Embalaje compuesto (de vidrio, porcelana o gres)".
"Embalaje compuesto (de vidrio, porcelana o gres)", un embalaje constituido por un
recipiente interior de vidrio, porcelana o gres y por un embalaje exterior (metal, madera,
cartón, plástico, plástico expandido, etc.). Una vez ensamblado, este embalaje constituye un
todo indisociable; se llena, almacena, remite y vacía tal cual;
NOTA: El "elemento interior" de un "embalaje compuesto" se denomina normalmente
"recipiente interior". Por ejemplo el "elemento interior" de un embalaje compuesto de tipo
6HA1 (plástico) es un "recipiente interior" de esta clase, dado que normalmente no está
diseñado para cumplir una función de "retención" sin su "embalaje exterior" y que no se
trata de un "envase interior".
"Embalaje de socorro", un embalaje especial en el que se colocan bultos con mercancías
peligrosas que hayan sido dañados, que sean defectuosos o que tengan fugas, o bien
mercancías peligrosas que se hayan desparramado o salido de su embalaje, con objeto de
efectuar un transporte para su recuperación o eliminación;
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