Page 45 - NEGOCIACION COLECTIVA EN HOSTELERIA MALLORCA
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NEGOCIACIÓN COLECTIVA HOSTELERÍA BALEAR 2002. ANEXO IV. Delegados de Prevención de carácter especial. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación. No obstante lo anterior, y conforme a la propia ley, en los convenios colectivos podrán establecerse otros sistemas de designación de los Delegados de Prevención, siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes del personal o a los propios trabajadores. Asimismo, en la negociación colectiva o mediante acuerdos estatutarios (art. 83. 3, del Estatuto de los Trabajadores) podrá acordarse que las competencias reconocidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a los Delegados de Prevención sean ejercidas por órganos específicos creados en el propio convenio o en los acuerdos citados. Dichos órganos podrán asumir, en los términos y conforme a las modalidades que se acuerden, competencias generales respecto del conjunto de los centros de trabajo incluidos en el ámbito de aplicación del convenio o del acuerdo, en orden a fomentar el mejor cumplimiento en los mismos de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Asumiendo estas competencias de la negociación colectiva se decide crear las figuras del: - Delegado de Prevención Sectorial/Territorial y del - Delegado de Prevención Estacional. Delegados de Prevención Sectoriales/Territoriales. El ámbito de actuación de los Delegados de Prevención S/T será, dentro del marco insular correspondiente, las empresas con trabajadores asalariados vinculadas por este convenio de menos de 50 trabajadores, que no dispongan de Delegado de Prevención propio. Los Delegados de Prevención S/T serán nombrados (4 de abril a septiembre y 2 más permanentes en Mallorca y 1 en Ibiza y otro en Menorca durante los meses citados) por la Comisión de Salud Laboral sectorial a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas del sector en el ámbito balear. Actuarán como tales a jornada completa con cargo a los fondos de la Comisión de Salud Laboral sectorial y su sede será la misma del Gabinete Técnico sectorial con el cual coordinarán y planificarán actividades. Poseerán formación como técnicos de prevención de nivel intermedio y entre sus obligaciones estará acudir a los cursos de reciclaje y formación continua que la Comisión de Salud sectorial proponga. Son competencias y facultades de los Delegados de Prevención S/T: GUÍA TÉCNICA PREVENTIVA para la NEGOCIACIÓN COLECTIVA en HOSTELERIA. - 45 -
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