<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Respuesta 18:
1.- UN 0421, BENGALAS AEREAS, 1.2 G, (B1000C).
2.- 20 kg.
3.- A la Dirección General de Transporte Terrestre, al Ayuntamiento del término
municipal donde se hubiera producido el incidente y al órgano competente de la
Comunidad Autónoma en cuyo territorio hubiera tenido lugar el accidente.
4.- No.
5.- A la Dirección General de Transporte Terrestre y al órgano competente de la
Comunidad Autónoma en cuyo territorio hubiera tenido lugar el accidente.
6.- Durante 5 años.
7.- Un número telefónico de contacto con el responsable del transporte ante
casos de emergencia y una relación de depósitos de explosivos, con su ubicación
exacta, utilizables para almacenamiento accidental.
8.- Se adoptarán las medidas de precaución que se estimen necesarias en
atención a las circunstancias del lugar y a la naturaleza de las sustancias
transportadas, dando cuenta inmediata al puesto de la Guardia Civil más
próximo.
9.- Al proveedor.
10.- Carta de porte, instrucciones escritas, un documento de identificación con
fotografía por cada miembro de la tripulación, certificado de formación del
conductor (básico y explosivos) y certificado de aprobación del vehículo EX/II o
EX/III.
Normativa: 1.- ADR 2.2.1.4, ADR (Tabla A) UN 0421 ADR 5.4.1.1.1 y ADR
5.4.1.2.1
2.- ADR 1.1.3.6.3
3.- Real Decreto 551/2006 Disposición Final Primera
4.- ADR 3.2.1 (Tabla A)
5.- Real Decreto 1566/1999 Artículo 9 a)
6.- Real Decreto 551/2006 Disposición Final Primera
7.- Real Decreto 230/1998 Artículo 254
8.- Real Decreto 230/1998 Artículo 252 3
9.- Real Decreto 230/1998 Artículo 248
10.- ADR 8.1.2.1 y ADR 8.1.2.2