<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Caso 18.- La empresa MARMO. S.A. situada en el Polígono Industrial El Remolar,
contrata a la empresa de transporte MARESMA, S.A, para realizar un transporte
de Objetos que contienen materias pirotécnicas, concebidos para ser lanzados
desde una aeronave con el fin de iluminar, identificar, señalizar o avisar y que
contienen a la vez una materia explosiva y una composición iluminante,
incendiaria, lacrimógena o fumígena y presentan riesgo de proyección sin riesgo
de explosión en masa, para la empresa DETONA. S.A situada en el Polígono
Industrial Prat, Barcelona.
INDICAR:
1.- Datos obligatorios a incluir en la carta de porte, sobre la mercancía peligrosa.
2.- Para la aplicación de las exenciones del 1.1.3.6 del ADR, ¿qué cantidad
máxima por unidad de transporte se podrá transportar?
3.- Si durante el transcurso del transporte el vehículo sufre un accidente, ¿a
quién deberá entregar el informe sobre sucesos ocurridos la empresa?
4.- Se puede transportar en cisternas esta materia.
5.- ¿A quién debería comunicar la empresa Explosivos Galdakano (en caso de
necesitarlo), el nombramiento de su consejero de seguridad?
6.- En caso de tener que realizar el informe anual, ¿durante cuánto tiempo lo
deberá guardar?
7.- Durante el recorrido de este transporte, a bordo debe existir a disposición de
las autoridades competentes, un plan de emergencia, aprobado por la
Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, ¿qué es
obligatorio que figure en ese plan de emergencia?
8.- Según el Reglamento de explosivos, en caso de detención por avería,
accidente o cualquier otra causa que haga presumible un estacionamiento
prolongado del vehículo, ¿qué medidas se adoptarán?
9.- ¿A quién deberá enviar el destinatario la tercera copia (rosa), de la guía de
explosivos, una vez finalizado el transporte?
10.- Documentación especifica que debe llevar este vehículo según el ADR.