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Respuesta 30:
1.- UN 0505, SEÑALES DE SOCORRO PARA BARCOS, 1.4 G, (E).
2.- E.
3.- Cuando la masa neta total del material explosivo exceda de 50 kg.
4.- Cuando el importe estimado de los daños sobrepase los 50.000 euros.
5.- Se autoriza la carga en común con mercancías de la clase 1, grupos de
compatibilidad C, D, E, G y S, así como con los dispositivos de salvamento de la
clase 9 (números ONU 2990, 3072 y 3268).
6.- Deberá procederse a una limpieza minuciosa del interior del vehículo.
7.- En un plazo no superior a 30 días naturales.
8.- Marcado: sobre cada bulto deberá figurar UN 0505, SEÑALES DE SOCORRO
PARA BARCOS en castellano y en inglés, francés o alemán. El número ONU y las
letras deberán tener unas medidas de al menos 12 mm de alto. Etiquetado: Se
colocará etiqueta1.4 que llevará en su mitad inferior, por encima del número
de la clase, el grupo de compatibilidad G. La etiqueta se colocará cerca de la
indicación de la designación oficial de transporte.
9.- Un plan de emergencias aprobado por la intervención central de armas y
explosivos de la Guardia Civil.
10.- Sí, se consideraría falta muy grave.
Normativa: 1.- ADR 2.2.1.4, ADR 3.2.1 (Tabla A), ADR 5.4.1.1.1 y ADR 5.4.1.2.1
2.- ADR 3.2.1 Tabla A
3.- ADR 8.5 S1 (6)
4.- ADR 1.8.5.3
5.- ADR 7.5.2.1 y ADR 7.5.2.2
6.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 18" y ADR 7.5.11 CV2 (1)
7.- Real Decreto 551/2006 Disposición Final Primera
8.- ADR 5.2.1.1, ADR 5.2.1.5 y ADR 5.2.2.2.1.4
9.- Real Decreto 230/1998 Artículo 254
10.- Ley 29/2003 Artículo segundo y Ley 16/1987 Artículo 140 (25.10)