<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Caso 15.- Tenemos que realizar un transporte de objetos, conteniendo materias
pirotécnicas, concebidos para emitir señales mediante sonido, llama o humo o
cualquiera de sus combinaciones, que solo presentan un pequeño riesgo de
explosión en caso de ignición o cebado durante el transporte y que contienen
materia explosiva y una composición iluminante, incendiaria, lacrimógena o
fumígena, desde la fábrica "Explosivos Marmeri" situado en la N-II P.K 22 del
término municipal de Mataró, Barcelona hasta el almacén de la empresa
"Explosivos Remolar" situado en la Polígono Industrial " Can Same" situado en la
localidad de Tossa de Mar, Girona, realizado por la empresa de transporte
"Geminis".
INDICAR:
1.- Datos obligatorios a incluir en la carta de porte, sobre la mercancía a
transportar.
2.- Indicar el código de restricción en túneles.
3.- A partir de qué cantidad tendríamos que aplicar la norma sobre vigilancia a
este transporte.
4.- ¿Cuándo se deberá cumplimentar el informe sobre sucesos ocurridos, si se
produce daño material o daño al medio ambiente, independientemente de su
cantidad?
5.- ¿Con qué otras materias se admite el cargamento en común?
6.- Según el ADR, ¿qué se deberá cumplir antes de proceder a la carga de esta
materia?
7.- En caso de sufrir un accidente ¿cuál es el plazo para entregar el informe de
sucesos?
8.- Como deberá ir marcado y etiquetado un bulto que contenga esta materia,
según el ADR.
9.- Según el Reglamento de explosivos, en caso de un recorrido de transporte
que incluya operaciones de importación, exportación, transferencia y tránsito, se
efectúe en una unidad de transporte EX/III, ¿qué deberá ir a bordo de dicha
unidad?
10.- Según la Ley 29/2003, en caso de utilizar envases o embalajes no
homologados ¿sería causa de sanción? En caso afirmativo ¿cómo se consideraría
la misma?