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penderá del alcance del PPR. A continuación se muestran algunos procedimientos que
pueden seguirse para hacer ese cálculo.
Cálculos basados en las tasas de dosis en el exterior de los bultos y los vehículos
Los bultos y vehículos pueden tener en su exterior hasta un cierto nivel de radiación,
de acuerdo a las prescripciones reglamentarias. Los límites de tasa de dosis y del Índice
de Transporte (IT) en los bultos se muestran en la tabla 2, para diferentes categorías de
bultos.
Tabla 2
Tipo o categoría del bulto
Tasa de dosis máxima
Máximo IT
en superficie (mSv/h)
≤ 0,005
Bulto exceptuado
≤ 0,005
Categoría I ­ Blanca
0
> 0,005 y ≤ 0,5
>0 y≤1
Categoría II ­ Amarilla
> 0,5 y ≤ 2
> 1 y ≤ 10
Categoría III ­ Amarilla
> 2 ≤ 10
Categoría III ­ Amarilla
> 10
bajo uso exclusivo
Para los vehículos de carretera la tasa de dosis máxima en su superficie no debe exce-
der de 2mSv/h (salvo que se cumplan ciertas condiciones) y 0,1 mSv/h a dos metros.
Teniendo en cuenta esos valores de referencia es posible calcular el número de bultos que
pueden agruparse sin que se supere una tasa de dosis determinada para los trabajadores.
La tabla 3 suministra una estimación del número de bultos de cada categoría que pueden
ser manejados sin que el trabajador reciba una tasa de dosis superior a 1 mSv/año.
Se contemplan dos casos:
Caso 1: para cada bulto el trabajador está colocado a 1 metro durante 30 minutos.
Caso 2: para cada bulto el trabajador está colocado en contacto durante 5 minutos y a
1 metro durante 25 minutos.