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BUSCADOR

S-23. Hospital. Indica, además, a los conductores de vehículos la conveniencia de tomar las
precauciones que requiere la proximidad de establecimientos médicos, especialmente la de evitar la
producción de ruido.
S-24. Fin de obligación de alumbrado de corto alcance (cruce). Indica el final de un tramo en que
es obligatorio el alumbrado de cruce o corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir de éste,
siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario o iluminación de la vía.
S-25. Cambio de sentido a distinto nivel. Indica la proximidad de una salida a través de la cual se
puede efectuar un cambio de sentido a distinto nivel.
S-26 a, b y c. Paneles de aproximación a salida. Indica en una autopista, en una autovía o en una
vía para automóviles que la próxima salida está situada, aproximadamente, a 300 metros, 200 metros y
100 metros, respectivamente.
Si la salida fuera por la izquierda, la diagonal o diagonales serían descendentes de izquierda a
derecha y las señales se situarían a la izquierda de la calzada.
S-27. Auxilio en carretera. Indica la situación del poste o puesto de socorro más próximo desde el
que se puede solicitar auxilio en caso de accidente o avería. La señal puede indicar la distancia a la que
éste se halla.
S-28. Calle residencial. Indica las zonas de circulación especialmente acondicionadas que están
destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación
siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros por hora y los conductores
deben conceder prioridad a los peatones. Los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares
designados por señales o por marcas.
Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación. Los juegos y los deportes están
autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar inútilmente a los conductores de vehículos.
S-29. Fin de calle residencial. Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación.
S-30. Zona a 30. Indica la zona de circulación especialmente acondicionada que está destinada en
primer lugar a los peatones. La velocidad máxima de los vehículos está fijada en 30 kilómetros por hora.
Los peatones tienen prioridad.
S-31. Fin de zona a 30. Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación.
S-32. Telepeaje. Indica que el vehículo que circule por el carril o carriles así señalizados puede
efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje, siempre que esté provisto del
medio técnico que posibilite su uso.
S-33. Senda ciclable. Indica la existencia de una vía para peatones y ciclos, segregada del tráfico
motorizado, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques.
(Actualizado RD 965/2006)
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