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Subsección 1ª. De las señales de advertencia de peligro
Artículo 149. Objeto y tipos.
1. Las señales de advertencia de peligro tienen por objeto indicar a los usuarios de la vía la
proximidad y la naturaleza de un peligro difícil de ser percibido a tiempo, con objeto de que se cumplan
las normas de comportamiento que, en cada caso, sean procedentes.
2. La distancia entre la señal y el principio del tramo peligroso podrá indicarse en un panel
complementario del modelo recogido en el Catálogo oficial de señales de circulación.
3. Si una señal de advertencia de peligro llevara un panel complementario que indique una
longitud, se entenderá que ésta se refiere a la del tramo de vía afectado por el peligro, como una sucesión
de curvas peligrosas o un tramo de calzada en mal estado.
4. Cuando se trate de señales luminosas, podrá admitirse que los símbolos aparezcan iluminados en
blanco sobre fondo oscuro no luminoso.
5. Los tipos de señales de advertencia de peligro, con su nomenclatura y significado respectivos,
son los siguientes:
P-1 Intersección con prioridad. Peligro por la proximidad de una intersección con una vía, cuyos
usuarios deben ceder el paso.
P-1 a. Intersección con prioridad sobre vía a la derecha. Peligro por la proximidad de una
intersección con una vía a la derecha, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 b. Intersección con prioridad sobre vía a la izquierda. Peligro por la proximidad de una
intersección con una vía a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 c. Intersección con prioridad sobre incorporación por la derecha. Peligro por la proximidad de
una incorporación por la derecha de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 d. Intersección con prioridad sobre incorporación por la izquierda. Peligro por la proximidad
de una incorporación por la izquierda de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-2. Intersección con prioridad de la derecha. Peligro por la proximidad de una intersección en la
que rige la regla general de prioridad de paso.
P-3. Semáforos. Peligro por la proximidad de una intersección aislada o tramo con la circulación
regulada por semáforos.
P-4. Intersección con circulación giratoria. Peligro por la proximidad de una intersección donde la
circulación se efectúa de forma giratoria en el sentido de las flechas.
(Actualizado RD 965/2006)
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