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PLE9.- Las zonas laterales del útil de plegado dispondrán de protecciones por resguardos fijos que impedirán el acceso a la zona de peligro, además de estar firmemente sujetas a la máquina por medios permanentes (soldadura etc.) o por elementos de fijación (tornillos, tuercas, etc...) que impidan ser retirado/abiertos sin empleo de una herramienta. En el caso de instalar resguardos móviles, deberán estar dotados de sistema de enclavamiento. Por otro lado los resguardos deberán estar fabricados con materiales sólidos y resistentes e instalados de forma que no produzcan riesgos adicionales. PLE10.- El acceso a la zona posterior de la máquina estará controlado por medio de resguardos fijos complementados con resguardo móvil dotado de enclavamiento, que garantizará que: - Las funciones peligrosas de la máquina protegidos por el resguardo, no pueden desempeñarse hasta que este cerrado. - La apertura del resguardo da lugar a una orden de parada. - Cuando el resguardo está cerrado, las funciones peligrosas pueden desempeñarse, pero el cierre del resguardo no provoca por sí mismo su puesta en marcha. PLE11.- Todas las transmisiones de potencia deberán ser inaccesibles mediante la instalación de resguardos fijos, que estarán firmemente sujetos por medios permanentes o elementos de sujeción, que impidan ser retirados/abiertos sin empleo de herramientas, además de estar fabricados con materiales sólidos y resistentes. PLE12.- Se debe prestar especial atención para que durante el proceso de trabajo de plegado la anchura del útil sea un poco superior a la anchura de la chapa a trabajar. PLE13.- Los órganos de mando deberán estar protegidos para evitar los accionamientos involuntarios. Concretamente la puesta en marcha solamente se podrá efectuar mediante una acción voluntaria sobre el órgano de mando. PLE14.- Los órganos de accionamiento (puesta en marcha, parada, parada de emergencia, etc.) que tengan incidencia en la seguridad del operario deberán ser claramente visibles e identificables y si es necesario estarán indicados con una señalización adecuada, además de estar situados fuera de las zonas peligrosas. PLE15.- Cada puesto de trabajo dispondrá de un sistema de parada de la plegadora, que tendrá prioridad sobre las órdenes de puesta en marcha y en general sobre cualquier otra orden. Como caso concreto la parada de emergencia requerirá el rearme manual del dispositivo. PLE16.- Todas las partes en tensión de la instalación eléctrica de la plegadora deberán estar protegidas mediante obstáculos, barreras, envolventes, etc. que impidan poder contactar con ellas. PLE17.- Para evitar los contactos eléctricos indirectos producidos por fallos de aislamiento entre las partes activas y cualquier masa conductora de la plegadora, la conectarán al circuito de protección por puesta a tierra, además de instalar un dispositivo de desconexión automática de la alimentación eléctrica en caso de fallo de aislamiento. PLE18.- Deben mejorar la iluminación, consiguiendo un nivel adecuado al trabajo que se realiza, que sea lo más uniforme posible, evitando deslumbramientos y si fuera necesario deberán complementar en la(s) plegador(s) la iluminación general con un sistema de iluminación localizada. PLE19.- Deben mejorar la ubicación en la zona de la(s) plegadora(s), mejorando los espacios libres destinados a zonas de trabajo.