ESTUDIO DEL PUESTO DE TRABAJO.
Se recomienda realizar una ficha de trabajo
con todos los datos requeridos, donde se incluirán, si es necesario, las aportaciones de
carácter pluridisciplinar al respecto de los informes de higiene industrial, técnicos de
seguridad, psicológicos, sociológicos, etc., según se precise.
Para conocer las características de la persona, se detectarán mediante las pruebas
médicas y exploraciones que se determinan en un reconocimiento médico.
Esta revisión de salud, se diseñará de acuerdo a las características estudiadas del tipo de trabajo, pudiéndose protocolizar una serie de pruebas médicas requeridas en función de cada ficha o tipo de trabajo en estudio. Puede planificarse a largo plazo un Plan de Salud que incluya la tipo de controles periódicos que se necesitan para observación del mantenimiento de salud frente a determinados riesgos (ej. Protocolizar análisis o controles biológicos de la exposición frente a un tóxico... o a determinados agentes de riesgo...etc.)
Aplicación de los resultados:
El uso que se hace de esta información y la aplicación de los resultados tiene un efecto
considerable en la vida de la empresa.
Pero en lo que respecta a los criterios estrictamente de salud, y en cuanto a su uso en
prevención específica, es usado para: la adecuación del puesto de trabajo a la persona,
de utilidad para conocer si deben establecerse protecciones especiales, o aconsejar al
trabajador/a de los problemas que pudiera tener.
Por otra parte también es útil en las reincorporaciones al trabajo después de un
accidente o lesión, para reconsiderar, del mismo modo, las circunstancias más adecuadas.
Es utilizado, igualmente, para valorar la incapacidad laboral, tanto del daño corporal
asociado como de la incompatibilidad para ejercer su trabajo (o bien otros trabajos),
estableciendo una correspondencia entre el grado de invalidez, el sistema de aseguramiento
de pensiones...etc.
Estas pruebas y estudios competen al Servicio de Prevención de la Empresa, y
concretamente suelen ser llevadas a cabo por el personal médico sanitarios, aunque como
se ha citado, pueden complementarse con las actividades del resto de los profesionales que
integran este Servicio, como test psicotécnicos en la intervención de personal de
psicología..etc. Pero siempre los resultados de los datos y estudios efectuados
mantendrán las normas básicas conocidas de confidencialidad sin infringir el secreto
profesional. Por este motivo son usados como datos estadístico, fundamentalmente, al
realizar actividades de prevención.
En el caso de ser usados como pruebas o "baremos de aptitud" debe recordarse que
en un examen inicial, aun siendo exhaustivo, pueden pasar desapercibidos datos importantes
y significativos, y por lo tanto no sería eficaz. Por ejemplo, un test psicológico en un
momento dado, puede no evidenciar serios trastornos psíquicos. Esto requeriría un mayor
proceso de diagnóstico. También pueden pasar desapercibidas lesiones por el intento
natural de ocultación del paciente, por requerir pruebas muy específicas, etc.
Para subsanarlo, algunas empresas han tomado la opción de proponer un periodo de prueba
determinado tras el contrato como demostración más real del funcionamiento de las
capacidades de la persona. Por ejemplo, una persona que se hubiera descrito con una
determinada discapacidad o minusvalía...etc. puede desarrollar una gran motivación y
ofrecer una mejor profesionalidad. Pueden darse otras situaciones similares.
No obstante, no es incompatible con la necesidad de la adaptación dinámica de la
prevención de riesgos en cualesquiera circunstancias. Existe una responsabilidad
empresarial a los efectos de conocer previamente si las condiciones de trabajo pueden
dañar la salud, y de informar al respecto al trabajador/a si por sus características
personales hay una mayor vulnerabilidad (por razón de enfermedad, de embarazo, etc.). En
definitiva, conocer que no existe riesgo para sí mismo/a ni para los demás (es propio de
la Ley de Prevención).
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