<<  <  >  >>  TESTS CONSEJERO
2659 ¿Deberá conservarse la
carta de porte por el transportista,
expedidor y, en su caso, el
operador de transporte que hubiera
intervenido en el contrato de
transporte?
1.- Sí, durante 2 años.
2.- Sí, durante 1 año.
3.- Sí, durante 3 años.
4.- No, no hay obligación de
conservarla
Respuesta: 2
Norma: Orden FOM/238/2003,
Artículo único.