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Caso 254
ACETALDEHÍDO.
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- Indicar los códigos de los embalajes combinados con envases interiores
de vidrio, plástico o metal autorizados para el transporte de esta materia,
señalando las capacidades máximas de los envases interiores.
3.- Indicar los documentos que debe llevar el vehículo cisterna autorizado
para el transporte de esta materia.
4.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima de esta materia se podrá transportar, por unidad de transporte,
junto con 500 litros de Amilamina, con un punto de inflamación de 48 ºC?
5.- Indicar los códigos de los tipos de GRG (IBC) que pueden ser
autorizados para el transporte de esta materia, de entre los que a
continuación se indican: 13H1, 13M1, 31N y 31HM1.
6.- ¿Cómo deberá ir señalado y etiquetado un vehículo cisterna de un solo
compartimento cargado con esta materia?
7.- ¿Cuándo será obligatorio que el conductor de vehículos autorizados para
esta materia posea el certificado de formación?
8.- ¿Cuándo se deberá establecer los requisitos para la vigilancia de los
vehículos que transporten esta materia?
9.- ¿Puede utilizarse una cisterna de aleación de aluminio para transportar
esta mercancía?
10.- Indicar la forma de transporte por carretera de esta materia.