<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Sigue respuesta 253.
La capacidad se entiende para un aparato conteniendo polvo (en el caso de
otro agente extintor aceptable, la capacidad deberá ser equivalente)
Vehículo B: deberá llevar, adaptados a las clases de inflamabilidad A, B y C
Número mínimo de extintores 2
Capacidad mínima total por unidad de transporte: 8 kg.
Extintor adaptado a un incendio en el compartimento motor o la cabina ­ al
menos un extintor de capacidad mínima: 2 kg.
Extintores suplementarios ­ al menos un extintor de capacidad mínima: 6
kg.
La capacidad se entiende para un aparato conteniendo polvo (en el caso de
otro agente extintor aceptable, la capacidad deberá ser equivalente).
6.- Empresa Transporte S.L.: no es necesario ya que con las muestras de
sangre sólo debe cumplir la disposición P650 del ADR y en relación con la
empresa que transporta el bromuro de aluminio anhidro tampoco, porque se
acoge a las exenciones de la disposición especial 588, del capitulo 3.3.
Empresa CT S.A.:que se encuentra dentro del ámbito de aplicación del
1.8.3, por lo que deberá designar un consejero de seguridad.
7.- Vehículo A: tiene autorizado el paso por cualquier túnel. Vehículo B:
tiene autorizado el paso por túneles de categoría A, B, C y D.
8.- No, hasta que en cumplimiento de la P650 se limpie a fondo el vehículo
y en su caso desinfectarlo o descontaminarlo. Las otras mercancías que
transporta deben examinarse por si se han contaminado.
9.- Elaborar la declaración de sucesos ocurridos en el caso del vehículo B.
Colaborar, cuando sea requerido, con las autoridades de las
Administraciones Públicas competentes. Aplicar los medios adecuados para
evitar la repetición del accidente.
10.- El 31 de marzo de cada año.
Normativa: 1.- ADR 3.2.2 (Tabla B), ADR 3.2.1 (Tabla A) y ADR 7.5.2.1
2.- ADR 4.1.4.1 P650
3.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 6", ADR 3.3 Disposiciones Especiales 588
y 319 y ADR 5.4.1.1
4.- ADR 3.3.1 Disposiciones Especiales 588 y 319, ADR 5.2.1, ADR 5.2.2,
ADR 5.3.2.1.1 y ADR 4.1.4.1 P650
5.- ADR 3.3.1 Disposiciones Especiales 588 y 319 y ADR 8.1.4.1
6.- ADR 1.8.3, ADR 3.3 Disposiciones Especiales 588 y 319.
7.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 15".
8.- ADR 4.1.4.1 P650
9.- ADR 1.8.3
10.- Real Decreto 551/2006 Disposición Final Primera