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Caso 240
ÁCIDO FLUOROBÓRICO.
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- Indicar los documentos de a bordo del vehículo cisterna autorizado para
el transporte de esta materia.
3.- ¿Durante cuánto tiempo debe guardarse el dosier de la cisterna utilizada
para transportar esta materia?
4.- Indicar los códigos de los tipos de GRG metálicos que pueden ser
autorizados para el transporte de esta materia.
5.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima de esta materia se podrá transportar, por unidad de transporte,
junto con 230 litros de dihidrofloruro amónico en solución del grupo de
embalaje III?
6.- ¿Qué significa el código de restricción en túneles (E) si se transporta en
cisternas?
7.- Indicar las formas de transporte por carretera de esta materia.
8.- ¿Cuándo se deben establecer los requisitos especiales para la vigilancia
en estacionamientos de los vehículos que transporten esta materia?
9.- ¿Cuál es la cantidad neta máxima por envase interior y embalaje
exterior si se transporta embalada en cantidades exceptuadas?
10.- Entre los vehículos autorizados para el transporte de esta materia,
¿cuáles deberán disponer de un limitador de velocidad?