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Caso 239
ÁCIDO SÚLFURICO FUMANTE.
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Qué inscripción y etiqueta de peligro deberá llevar el bulto que
contenga esta materia?
3.- Indicar los códigos de los tipos de GRG (IBC) metálicos que pueden ser
autorizados para el transporte de esta materia.
4.- ¿Qué significa la letra B dentro del código cisterna utilizado para el
transporte de esta materia?
5.- ¿Cuándo se considera que se ha producido daño material o daño al
medio ambiente si sufrimos un accidente en el que se transporta esta
materia?
6.- ¿En qué condiciones el transporte de esta materia estará exento de
cumplir con el ADR?
7.- ¿Qué debe llevar instalado un vehículo cisterna que transporte esta
materia, si lleva válvula de seguridad, entre ésta y el disco de ruptura?
8.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima de esta materia se podrá transportar, por unidad de transporte,
junto con 280 litros de ácido bromacético en solución grupo de embalaje II?
9.- Para transportar esta materia, ¿se podrán utilizar envases interiores de
vidrio directamente metidos en una caja de cartón? Explicarlo.
10.- ¿Cuál será la capacidad máxima de llenado de un envase interior de
vidrio de un embalaje combinado que contenga esta materia?