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Caso 236
CLOROACETONITRILO
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Se puede realizar la carga y descarga en un emplazamiento público en
el interior de núcleos urbanos? ¿Y fuera de núcleos urbanos?
3.- ¿Qué envases o embalajes simples de los que a continuación se indican
pueden usarse para esta materia? 1A1, 1A2, 1B1, 1B2, 3A2, 3H2.
4.- ¿Qué inscripción y etiqueta de peligro deberá llevar el bulto que
contenga esta materia?
5.- Indicar otros códigos-cisterna autorizados para el transporte de esta
materia.
6.- ¿Cuándo se debe exigir el certificado de formación del conductor
(especialidad cisternas) que conduce vehículos con esta materia?
7.- ¿Cuándo se deben establecer los requisitos especiales para la vigilancia
en estacionamiento de los vehículos que transporten esta materia?
8.- ¿Para qué mercancías no podrá utilizarse una cisterna que haya
contenido esta materia?
9.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima, por unidad de transporte, se podrá transportar de esta materia?
10.- ¿Qué medidas se deberán tomar antes de proceder a la carga de un
vehículo-cisterna con esta materia?