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Caso 211
TRISULFURO DE FÓSFORO
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Está autorizado el transporte en cisternas portátiles? En caso
afirmativo, señálese el código que identifica la instrucción específica
aplicable a esta materia, su presión de prueba mínima y si está permitido
disponer de aperturas en el fondo.
3.- Indicar los códigos de los embalajes compuestos (plástico) autorizados
para transportar esta materia y su masa neta máxima.
4.- ¿Con qué otras materias se puede embalar en común?
5.- ¿Durante cuanto tiempo debe guardarse el dosier de la cisterna utilizada
para transportar esta materia?
6.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR de la sección
1.1.3.6, ¿qué cantidad máxima de esta materia se podrá transportar, por
unidad de transporte, junto con 150 kg de aluminio en polvo recubierto,
grupo de embalaje II?
7.- Indicar otros códigos-cisterna autorizados para el transporte de esta
materia.
8.- ¿Cómo deberá ir señalizado y etiquetado un vehículo-cisterna de un solo
compartimento cargado con esta materia?
9.- ¿Cuándo se deben establecer los requisitos especiales para la vigilancia
de los vehículos que transporten esta materia?
10.- ¿En qué vehículos deberán transportarse embalajes simples con el
código 1H2?