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Caso 74 .- TRIFLUORURO DE CLORO
1.- Datos mínimos de la carta de porte
2.- ¿Qué tipo de recipientes, y su capacidad máxima, podrán utilizarse para esta
materia?
3.- Indíquese las inscripciones que deberá tener cada recipiente metálico no
recargable utilizado para el transporte de esta materia.
4.- ¿Qué medidas se deberán tomar antes de proceder a la carga de un vehículo-
cisterna con esta materia?
5.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima, por unidad de transporte, se podrá transportar de esta materia?
6.- Indíquese a que presión de prueba inicial y periódica se deberá someter a los
recipientes metálicos que pueden ser autorizados para el transporte de esta
materia.
7.- Indicar, para el modo de transporte en cisternas, cuáles de esos depósitos
pueden utilizarse para el transporte de esta materia.
8.- ¿Cuándo no será obligatorio que el conductor de vehículos autorizados para
esta materia posea el certificado especial básico y la formación especializada
para el transporte en cisternas?
9.- ¿Cómo deberán estibarse los bultos en los vehículos o contenedores que
transporten esta materia?
10.- Las cisternas autorizadas para el transporte de esta materia, ¿podrán llevar
válvulas de seguridad?