9.2.2
Equipamiento eléctrico
9.2.2.1
Disposiciones generales
La instalación eléctrica, en su conjunto, deberá satisfacer las disposiciones de los 9.2.2.2 a
9.2.2.6 conforme a la tabla del 9.2.1.
9.2.2.2
Canalizaciones
9.2.2.2.1
Las instalaciones se deberán calcular por exceso para evitar recalentamientos. Deberán estar
aisladas convenientemente. Todos los circuitos estarán protegidos por medio de fusibles o
por disyuntores automáticos, exceptuando los siguientes circuitos:
-
desde la batería hasta el sistema de arranque en frío y de parada del motor;
-
desde la batería al alternador;
-
desde el alternador a la caja de fusibles o de disyuntores;
-
desde la batería al motor de motor;
-
desde la batería hasta el cajetín de mando de fuerza del sistema de frenado de
resistencia (véase 9.2.3.1.2), si éste fuera eléctrico o electromagnético;
-
desde la batería hasta el mecanismo de elevación del eje del bogie;
Los circuitos sin proteger antes mencionados deberán tener la menor longitud posible.
9.2.2.2.2
Las canalizaciones eléctricas deberán estar sólidamente fijadas y colocadas de tal modo que
las instalaciones queden protegidas convenientemente contra las agresiones mecánicas y
térmicas.
9.2.2.3
Desconectador de baterías
9.2.2.3.1
Deberá montarse, lo más próximo posible a la batería, un interruptor que permita cortar los
circuitos eléctricos. Si se utiliza un interruptor monopolar, deberá colocarse en el cable de
alimentación y no en el cable de tierra.
9.2.2.3.2
En la cabina de conducción, se deberá instalar un dispositivo de mando para la apertura y
cierre del interruptor. Deberá ser de fácil acceso para el conductor y estar claramente
señalado. Estará equipado, bien de una tapa de protección, de un mando de movimiento
complejo, o de cualquier otro dispositivo que evite su puesta en funcionamiento involuntaria.
Se podrán instalar dispositivos de mando adicionales a condición de que estén claramente
identificados por una señal y protegidos contra una maniobra intempestiva. Si el o los
dispositivos de mando se accionan eléctricamente, sus circuitos están sometidos al 9.2.2.5.
9.2.2.3.3
El interruptor deberá colocarse dentro de un cajetín con un grado de protección IP65
conforme a la norma CEI 529.
9.2.2.3.4
Las conexiones eléctricas en el interruptor deberán tener un grado de protección IP54. Sin
embargo, ello no será exigible si las conexiones se albergan en un cofre, que podrá ser el
cofre de las baterías, bastando en tal caso proteger estas conexiones contra los cortocircuitos
por medio, por ejemplo, de una tapa de goma.
9.2.2.4
Baterías
Los bornes de las baterías deberán estar aislados eléctricamente o cubiertos por la tapa del
cofre de la batería. Si las baterías estuvieran situadas en otra parte que no fuera bajo el capó
del motor, deberán estar fijas en un cofre de baterías ventilado.
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