9.1.3.5
Modelo de certificado de aprobación para vehículos que transportan ciertas mercancías
peligrosas
CERTIFICADO DE APROBACIÓN PARA VEHÍCULOS QUE TRANSPORTAN CIERTAS
MERCANCÍAS PELIGROSAS
Este certificado acredita que el vehículo detallado a continuación cumple las condiciones requeridas por el Acuerdo
europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR)
2. Constructor del vehículo : 3. Nº de identificación del vehículo: 4. Nº de matrícula (si
1. Certificado
procede) :
Nº :
5. Nombre y domicilio de la sede social del transportista, usuario o propietario:
6. Descripción del vehículo:1
7. Designación(es) del vehículo según el 9.1.1.2 del ADR : 2
EX/II
EX/III
FL
OX
AT
MEMU
8. Dispositivo de frenos de resistencia:3
No aplicable
La eficacia según el 9.2.3.1.2 del ADR es suficiente para un peso total de la unidad de transporte de _____t4
9. Descripción de la (de las) cisterna(s) fija(s)/del vehículo batería (si procede) :
9.1 Constructor de la cisterna :
9.2 Número de aprobación de la cisterna/del vehículo batería:
9.3 Número de serie de construcción de la cisterna/Identificación de los elementos del vehículo batería:
9.4 Año de construcción:
9.5 Código de cisterna según 4.3.3.1 o 4.3.4.1 del ADR :
9.6 Disposiciones especiales TC y TE6 según el 6.8.4 del ADR (si son aplicables)6:
10. Mercancías peligrosas autorizadas para su transporte:
El vehículo cumple las condiciones requeridas para el transporte de las mercancías peligrosas reservadas a la (a las)
designación(es) de los vehículos indicado(s) en el Nº 7.
10.1 En el caso de vehículos EX/II o
mercancías de la clase 1, incluyendo el grupo de compatibilidad J
3
EX/III
mercancías de la clase 1, exceptuando el grupo de compatibilidad J
10.2 En el caso de un vehículo cisterna/vehículo batería3
solamente se podrán transportar5 las materias autorizadas de acuerdo con el código de cisterna y cualquier
disposición especial indicadas en el Nº 9
o
solamente se podrán transportar las materias siguientes (clases, Nº ONU, y, si fuera necesario el grupo de
embalaje y la designación oficial de transporte):
Solamente se podrán transportar las materias que no sean susceptibles de reaccionar peligrosamente con materiales
del depósito, las juntas, los equipamientos y los revestimientos protectores (si fuera aplicable).
11. Observaciones :
Sello del servicio emisor
12. Válido hasta :
Localidad, fecha, firma
1
Según las definiciones de los vehículos a motor y de los remolques de las categorías N y O, tal como se definen en el anejo 7 de la
Resolución de conjunto acerca de la Construcción de vehículos (R.E.3) o en la Directiva 97/27/CE.
2
Táchese cualquier mención que no proceda.
3
Márquese con una señal la mención válida
4
Mencionar el valor apropiado. Un valor de 44 toneladas no limitará el "peso máximo admisible de matriculación / en servicio" indicado
en el(los) documento(s) de matriculación.
5
Materias reservadas en el código cisterna indicado en el Nº 9 o en otro código de cisterna autorizado según la jerarquía en el 4.3.3.1.2 o
4.3.4.1.2, teniendo en cuenta, si procede, la o las disposiciones especiales.
6
No se exige cuando las materias autorizadas están enumeradas en el nº 10.2
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