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para las materias con un punto de inflamación inferior a la temperatura
crítica aumentada en 5 ºC, se utilicen en el compartimento de refrigeración
conexiones eléctricas con protección contra la explosión, EEx IIB T3, para
evitar el riesgo de inflamación de los vapores emitidos por las materias.
(4) Los métodos R4 y R5 podrán ser utilizados por todos los peróxidos orgánicos y
materias autorreactivas.
El método R3 puede ser utilizado por los peróxidos orgánicos y materias
autorreactivas de los tipos C, D, E y F y, si la temperatura ambiente máxima
prevista durante el transporte no sobrepasa en más de 10º C la temperatura de
regulación, para los peróxidos orgánicos y materias autoreactivas del tipo B.
El método R2 podrá ser utilizado por los peróxidos orgánicos y materias
autorreactivas de los tipos C, D, E y F cuando la temperatura ambiente máxima
prevista durante el transporte no sobrepase en más de 30º C la temperatura de
regulación.
El método R1 podrá ser utilizado por los peróxidos orgánicos y materias
autorreactivas de los tipos C, D, E y F cuando la temperatura ambiente máxima
prevista durante el transporte es, al menos, 10º C inferior a la temperatura de
regulación.
(5) Si las materias son transportadas en vehículos o contenedores isotermos,
refrigerados o frigoríficos, estos vehículos o contenedores deberán ser conformes
a las disposiciones del capítulo 9.6.
(6) Si las materias están contenidas en embalajes protectores rellenos con un agente
frigorígeno, deberán ser cargadas en vehículos cubiertos o entoldados o en
contenedores cubiertos o entoldados. Cuando los vehículos o contenedores
utilizados sean cubiertos o cerrados, la aireación deberá estar asegurada de forma
adecuada. Los vehículos y contenedores entoldados deberán estar provistos de
adrales y compuerta. El toldo de estos vehículos y contenedores deberán estar
constituidos por un tejido impermeable y difícilmente inflamable.
(7) Los dispositivos de mando y los captadores de temperatura, en el sistema de
refrigeración, deberán ser fácilmente accesibles, y todas las conexiones eléctricas
deberán estar protegidas contra la intemperie. La temperatura del aire en el
interior de la unidad de transporte deberá poder ser medida por dos captadores
independientes y sus datos deberán poder ser registrados de manera que todo
cambio de temperatura sea fácilmente identificable. Cuando el transporte
materias tenga una temperatura de regulación inferior a + 25º C, la unidad de
transporte deberá estar equipada con dispositivos ópticos y acústicos, alimentados
independientemente del sistema de refrigeración y regulados para funcionar a una
temperatura igual o inferior a la temperatura de regulación.
(8) Deberá estar disponible un sistema de refrigeración de emergencia o piezas de
recambio.
NOTA: Esta disposición V8 no se aplica a las materias contempladas en 3.1.2.6 si la
estabilización se efectúa por adición de inhibidores químicos de modo que la TDAA
sea superior a 50 ºC. En este último caso, se puede igualmente imponer la regulación
de temperatura si ésta durante el transporte puede sobrepasar 55 ºC.
V9
(Reservado).
V10 Los GRG (IBC) deben transportarse en vehículos cubiertos o entoldados o en
contenedores cerrados o entoldados.
V11 Los GRG (IBC) distintos que de metal o de plástico rígido deben transportarse en
vehículos cubiertos o entoldados o en contenedores cerrados o entoldados.
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