Material
Espesor mínimo
Aceros inoxidables austeníticos
2,5 mm.
Otros aceros
3 mm.
Aleaciones de aluminio
4 mm.
Aluminio puro al 99,80 %
6 mm.
La protección de la cisterna contra daños causados por un impacto lateral o un vuelco debe
quedar garantizada, conforme al 6.8.2.1.20. De lo contrario, la autoridad competente debe
aprobar otras medidas de protección.
6.12.3.1.4
Por derogación de las disposiciones del 6.8.2.5.2, las cisternas no tienen que llevar un
código cisterna ni, cuando proceda, las indicaciones de las disposiciones especiales
aplicables.
6.12.3.2
Cisternas con una capacidad inferior a 1.000 litros
La construcción de las cisternas deberán cumplir los requisitos del 6.8.2.1, con excepción
6.12.3.2.1
de los 6.8.2.1.3, 6.8.2.1.4, 6.8.2.1.6, 6.8.2.1.10 al 6.8.2.1.23 y 6.8.2.1.28.
6.12.3.2.2
Los equipos de estas cisternas deben cumplir con los requisitos del 6.8.2.2.1. Cuando una
válvula de seguridad sea obligatoria según las disposiciones del 6.8.2, la cisterna debe
también estar equipada con un disco de ruptura o cualquier otro medio adecuado de
descompresión, aprobado por la autoridad competente.
6.12.3.2.3
El espesor de estos depósitos no podrá ser inferior a los valores indicados en la tabla
siguiente:
Material
Espesor mínimo
Aceros inoxidables austeníticos
2,5 mm.
Otros aceros
3 mm.
Aleaciones de aluminio
4 mm.
Aluminio puro al 99,80 %
6 mm.
6.12.3.2.4
Algunas partes de las cisternas pueden no ser curvadas. Medidas alternativas de refuerzo
pueden ser paredes curvas, paredes onduladas o con rigidizadores. Por lo menos en una
dirección, la distancia entre los refuerzos paralelos a ambos lados de la cisterna no será
superior a 100 veces el grosor de la pared.
Las soldaduras deben llevarse a cabo según las reglas del arte y ofrecer todas las garantías
6.12.3.2.5
de seguridad. El trabajo de soldadura debe ser llevado a cabo por soldadores cualificados,
de acuerdo con un procedimiento de soldadura cuya calidad (incluidos los tratamientos
térmicos que puedan ser necesarios) ha sido demostrada mediante un ensayo del
procedimiento.
6.12.3.2.6
Las disposiciones del 6.8.2.4 no son aplicables. Sin embargo, el control inicial y los
controles periódicos de estas cisternas deben llevarse a cabo bajo la responsabilidad del
usuario o propietario de la MEMU. Los depósitos y sus equipos se someterán como mínimo
cada tres años a un examen visual del estado exterior e interior, y a una prueba de
estanqueidad, a satisfacción de la autoridad competente.
6.12.3.2.7
Las disposiciones relativas a la aprobación de tipo del 6.8.2.3 y al marcado del 6.8.2.5 no se
aplican.
6.12.4
Equipos
Las cisternas con descarga por la parte inferior destinadas al transporte de los números ONU
6.12.4.1
1942 y ONU 3375 deben tener al menos dos cierres, uno de ellos puede estar constituido
por el mezclador de productos, la bomba de descarga o el tornillo sin fin.
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