<<  <  >  >>
BUSCADOR
6.9.2.3.4
Materiales aptos para el revestimiento termoplástico
Los revestimientos termoplásticos, tales como el policloruro de vinilo sin plastificar (PVC-U), el
polipropileno (PP), el fluoruro de polivinilideno (PVDF), el politetrafluoroetileno (PTFE), etc.,
podrán utilizarse como materiales de revestimiento.
6.9.2.3.5
Aditivos
Los aditivos necesarios para el tratamiento de la resina, tales como catalizadores,
aceleradores, endurecedores y materiales tixotrópicos, así como los materiales utilizados
para mejorar las características de la cisterna, tales como cargas, colorantes, pigmentos, etc.,
no deberán debilitar el material, habida cuenta la vida útil y la temperatura de
funcionamiento prevista según el tipo.
6.9.2.4
El depósito, sus elementos de fijación y su equipo de servicio y de estructura, se diseñarán de
modo que resistan sin fuga alguna (exceptuando las cantidades de gas que escapen por los
dispositivos de desgasificación) durante la vida útil prevista según el prototipo:
- las cargas estáticas y dinámicas soportadas en condiciones normales de transporte;
- las cargas mínimas definidas en los 6.9.2.5 a 6.9.2.10.
6.9.2.5
A las presiones indicadas en los 6.8.2.1.14 a) y b) y a las fuerzas de gravedad estática,
debidas al contenido con una densidad máxima especificada para el modelo y con un grado
de llenado máximo, la tensión de cálculo σ para todas y cada una de las capas del depósito,
en dirección axial y de su circunferencia, no podrá superar el valor siguiente:
Rm
σ
K
en donde
Rm =
el valor de la resistencia a la tracción obtenido tomando el valor medio de los
resultados de las pruebas, menos el doble de la desviación normal entre los
resultados del ensayo. Las pruebas se realizarán conforme a las disposiciones de la
norma EN 61:1977, sobre un número mínimo de seis muestras representativas del
tipo y método de construcción;
K = S x K0 x K1 x K2 x K3
en donde
K tendrá un valor mínimo de 4, y
S=
coeficiente de seguridad. Para el diseño general, si las cisternas aparecen
indicadas en la tabla A del capítulo 3.2, columna (12) con un código de
cisternas que lleve la letra "G" en la segunda parte (véase 4.3.4.1.1), el valor de
S será igual o mayor que 1,5. Para aquellas cisternas destinadas al transporte de
materias que exijan un nivel de seguridad superior, es decir, si las cisternas
aparecen señaladas en la tabla A del capítulo 3.2 columna (12) con un código de
cisternas que lleve la cifra "4" en la segunda parte (véase 4.3.4.1.1), se aplicará
el valor de S multiplicado por un coeficiente dos, a menos que el depósito
disponga de una protección en forma de armadura metálica completa,
incluyendo en ella los miembros estructurales longitudinales y transversales;
K0 =
factor de deterioro de las propiedades del material a causa de una deformación y
del envejecimiento resultante de la acción química de las materias a transportar;
se determinará por la fórmula
1
K0 =
αβ
- 955 -