Las marcas anteriormente citadas deben aparecer en el orden indicado.
6.2.2.7.7
Para las botellas de acetileno, con el acuerdo de la autoridad competente, la fecha de
inspección periódica más reciente y el cuño del organismo que ejecuto el control y prueba
periódica pueden grabarse sobre un anillo fijado a la botella por la válvula. Este anillo estará
concebido de manera que sólo pueda quitarse al desmontar la válvula.
6.2.2.8
Marcado de los recipientes a presión no recargables "UN"
Los recipientes a presión no recargables "UN" deben llevar de manera clara y legibles una
marca de certificación así como las marcas específicas de los gases o de los recipientes a
presión. Estas marcas deben fijarse de modo permanente (por ejemplo, estarcidas,
estampadas, grabadas o por grabado químico) sobre cada recipiente a presión. Salvo en el
caso de que estén estarcidas, las marcas se colocarán en la ojiva, en el fondo superior o en el
cuello del recipiente a presión o en alguna pieza permanentemente fija del recipiente a
presión (por ejemplo, el collarín soldado). Excepto para el símbolo de la ONU para los
embalajes y la marca "NO RECARGAR", el tamaño mínimo de las marcas será de 5 mm
para los recipientes a presión con un diámetro superior o igual a 140 mm y de 2,5 mm en los
recipientes con un diámetro inferior a 140 mm. El tamaño mínimo del símbolo de la ONU
para los embalajes será de 10 mm en los recipientes a presión con un diámetro superior o
igual a 140 mm y de 5 mm en los recipientes con un diámetro inferior a 140 mm. El tamaño
mínimo de la marca "NO RECARGAR" será de 5 mm.
6.2.2.8.1
Se deben colocar las marcas citadas en 6.2.2.7.1 a 6.2.2.7.3, exceptuadas las g), h) y m). El
número de serie (o) puede ser reemplazado por el número del lote. Además, debe ser
colocada la marca "NO RECARGAR" en letras de una altura mínima de 5 mm.
6.2.2.8.2
Se aplicarán las disposiciones de 6.2.2.7.4.
NOTA: Según sea su tamaño, los recipientes a presión no recargables pueden sustituir esta
marca por una etiqueta.
6.2.2.8.3
Está permitido poner otras marcas en zonas distintas de la pared lateral siempre que se trate
de zonas sometidas a tensiones bajas y que por su tamaño y profundidad no vayan a crear
concentraciones de tensión peligrosas. Esas marcas no entrarán en conflicto con las marcas
obligatorias.
6.2.2.9
Procedimientos equivalentes para la evaluación de conformidad y las inspecciones y
pruebas periódicas
Para que se considere que los recipientes a presión UN han cumplido las disposiciones de
6.2.2.5 y 6.2.2.6 se aplicarán los siguientes procedimientos:
Procedimiento
Organismo competente
Aprobación del modelo tipo 1.8.7.2
Xa
Vigilancia de la fabricación 1.8.7.3
Xa o IS
Controles y pruebas iniciales 1.8.7.4
Xa o IS
Control periódico 1.8.7.5
Xa o Xb o IS
Xa se refiere a la autoridad competente, su delegado u organismo de control conforme al
1.8.6.4 y acreditada según la EN ISO/IEC 17020:2004 tipo A.
Xb se refiere al organismo de control de acuerdo con el 1.8.6.4 y acreditada de acuerdo con
la EN ISO/IEC 17020:2004 tipo B.
IS se refiere a un servicio de inspección propio del solicitante bajo la vigilancia de un
organismo de control conforme al 1.8.6.4 y acreditada de acuerdo con la EN ISO/IEC
17020:2004 tipo A. El servicio de inspección propio deberá ser independiente del proceso
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