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BUSCADOR
g)
Documentación sobre la instalación de fabricación, tal como se especifica en
6.2.2.5.3.1 y
h)
Documentación técnica necesaria para la aprobación del modelo tipo, que permita
comprobar que los recipientes a presión son conformes a las prescripciones de la
norma de diseño correspondiente. La documentación técnica debe cubrir el diseño y el
método de fabricación y debe contener, en la medida en que sea relevante para la
evaluación, al menos la siguiente información:
i)
la norma relativa al diseño de los recipientes a presión y los planos de diseño y
fabricación de éstos mostrando los elementos y subconjuntos, si procede;
ii)
las descripciones y explicaciones necesarias para comprender los planos y el uso
previsto de los recipientes a presión;
iii) una lista de las normas necesarias para definir completamente el proceso de
fabricación;
iv) los cálculos del diseño y especificaciones del material; y
v)
los informes de las pruebas efectuadas para la aprobación del modelo tipo con
descripción de los resultados de los exámenes y pruebas realizadas de
conformidad con 6.2.2.5.4.9.
6.2.2.5.4.4
De acuerdo con 6.2.2.5.3.2, se debe realizar una auditoría inicial a satisfacción de la
autoridad competente.
6.2.2.5.4.5
Si el fabricante no obtiene la aprobación, la autoridad competente deberá proporcionar por
escrito las razones detalladas de su negativa.
6.2.2.5.4.6
Si después de la obtención de la aprobación, se introducen modificaciones en los datos
comunicados de conformidad con el 6.2.2.5.4.3 relativos a la aprobación inicial, la autoridad
competente deberá ser informada de ello.
Aprobaciones posteriores del modelo tipo
6.2.2.5.4.7
Una solicitud de aprobación posterior del modelo tipo debe satisfacer las disposiciones de
6.2.2.5.4.8 y 6.2.2.5.4.9, siempre que el fabricante esté en posesión de una aprobación inicial
del modelo tipo. En ese caso, el sistema de calidad del fabricante de acuerdo con el 6.2.2.5.3,
debe haberse aprobado en la aprobación inicial del modelo tipo y ser aplicable al nuevo
diseño.
6.2.2.5.4.8
La solicitud debe incluir:
a)
Nombre y dirección del fabricante y, si la solicitud está presentada por un
representante autorizado, también su nombre y dirección;
b)
Detalles de cualquier rechazo para la aprobación de una solicitud similar por parte de
cualquier otra autoridad competente;
c)
Demostración de que se obtuvo la aprobación inicial del modelo tipo; y
d)
La documentación técnica tal como se describe en 6.2.2.5.4.3 h).
Procedimiento para la aprobación del modelo tipo
6.2.2.5.4.9
El organismo de control debe:
a)
Examinar la documentación técnica para comprobar que:
i)
el modelo tipo corresponde a las disposiciones pertinentes de la norma, y
ii)
el lote de prototipos se ha fabricado de conformidad con la documentación técnica
y es representativa del modelo tipo;
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