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química suficiente puede probarse tras un almacenamiento previo de tres semanas a 40 °C,
de conformidad con 6.1.5.2.6, pero con la mercancía de llenado original.
c)
Acetato de butilo normal/solución tensoactiva saturada de acetato de butilo normal
para las materias y preparados que hinchen el polietileno hasta tal punto que su masa
aumente aproximadamente un 4% y que al mismo tiempo presenten un efecto de
fisuración bajo tensión, en particular para los productos fitosanitarios, las pinturas
líquidas y los ésteres. Se utilizará el acetato de butilo normal en concentración del 98
al 100% para el almacenamiento previo, de conformidad con 6.1.5.2.6.
Para la prueba de apilamiento de conformidad con 6.1.5.6, se utilizará un líquido de
prueba que se componga de una solución tensoactiva acuosa del 1 al 10% mezclada
con el 2% de acetato de butilo normal según a) anterior.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,0.
En el caso de las materias de llenado que hinchen el polietileno más que el acetato de
butilo normal, hasta tal punto que el aumento de su masa pueda alcanzar el 7,5%, la
compatibilidad química suficiente podrá probarse tras un almacenamiento previo de tres
semanas a 40 °C, de conformidad con 6.1.5.2.6, pero con la materia de llenado original.
d)
Mezcla de hidrocarburos (white spirit) para las materias y preparados que provoquen
efectos de hinchamiento sobre el polietileno, en particular para los hidrocarburos, los
ésteres y las cetonas.
Se utilizará una mezcla de hidrocarburos que posea una fase de ebullición comprendida entre
160 °C y 220 °C, una densidad relativa de 0,78 a 0,80, un punto de inflamación superior
a 50 °C y un contenido de compuestos aromáticos comprendido entre el 16 y el 21%.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,0.
En el caso de las materias de llenado que hinchen el polietileno hasta tal punto que su
peso aumente en más del 7,5%, la compatibilidad química suficiente podrá probarse
después de un almacenamiento previo de tres semanas a 40 °C, de conformidad con
6.1.5.2.6, pero con la materia de llenado original.
e)
Ácido nítrico para todas las materias y preparados que provoquen efectos oxidantes
sobre el polietileno y causen degradaciones moleculares idénticas o más débiles que
las causadas por el ácido nítrico al 55%.
Se utilizará el ácido nítrico en concentración de al menos el 55%.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,4.
En el caso de las materias de llenado que oxiden más fuertemente que el ácido nítrico al 55%
o que causen degradaciones moleculares, se procederá de conformidad con 6.1.5.2.5.
La duración de utilización deberá determinarse en estos casos, además, observando el
grado de los daños (por ejemplo, dos años para el ácido nítrico al 55% como mínimo).
f)
Agua para las materias que no ataquen al polietileno en ninguno de los casos
indicados en a) a e), en particular para los ácidos y lejías inorgánicas, las soluciones
salinas acuosas, los polialcoholes y las materias orgánicas en solución acuosa.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,2.
No es necesario realizar una prueba sobre el tipo de construcción con el agua, si la
compatibilidad química ha sido demostrada satisfactoriamente con la solución
tensoactiva o con ácido nítrico.
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