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BUSCADOR
6.1.5.8
Informe de la prueba
6.1.5.8.1
Deberá elaborarse un informe de prueba que se pondrá a disposición de los usuarios del
embalaje y que incluirá, al menos, los datos siguientes:
1.
Nombre y dirección del organismo de prueba;
2.
Nombre y dirección del solicitante (si es necesario);
3.
Número de identificación único del informe de prueba;
4.
Fecha del informe de prueba;
5.
Fabricante del embalaje;
6.
Descripción del tipo de construcción del embalaje (por ejemplo: dimensiones,
materiales, cierres, espesor de las paredes, etc.), comprendido el método de fabricación
(por ejemplo, moldeo por soplado) con posibles dibujos y/o fotografías;
7.
Capacidad máxima;
8.
Características del contenido de la prueba, por ejemplo viscosidad y densidad relativa
para los líquidos y granulometría para las materias sólidas;
9.
Descripción y resultado de las pruebas;
10.
El informe de prueba deberá estar firmada, con indicación del nombre y de la función
del firmante.
6.1.5.8.2
El informe de prueba deberá declarar que el embalaje, tal como se prepara para el transporte,
ha sido comprobado de conformidad con las disposiciones correspondientes de la presente
sección y que la utilización de otros métodos de embalaje o de otros elementos de embalaje
podría invalidar esta acta de prueba. Un ejemplar del informe de prueba deberá ponerse a
disposición de la autoridad competente.
6.1.6
Líquidos patrones para probar la compatibilidad química de los embalajes, incluidos
los GRG (IBC), de polietileno conforme a 6.1.5.2.6, y al 6.5.6.3.5, respectivamente
6.1.6.1
Para esta materia plástica se podrán utilizar los líquidos patrones siguientes:
a)
Solución tensoactiva para las materias cuyos efectos de fisuración bajo tensión sobre
el polietileno sean fuertes, en particular para todas las soluciones y preparados que
contengan elementos tensoactivos.
Se utilizará una solución acuosa del 1% de sulfonato de alquilbenceno, o una solución
acuosa del 5% de etoxilato de nonilfenol que debe previamente almacenarse durante al
menos 14 días a una temperatura de 40 ºC antes de ser utilizado por primera vez para las
pruebas. La tensión superficial de esta solución, a 23 °C, será de 31 a 35 mN/m.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,2.
Si con una solución tensoactiva se demuestra la compatibilidad química suficiente, no
es necesario proceder a una prueba de compatibilidad con el ácido acético.
Para las materias de llenado cuyos efectos de fisuración bajo tensión sobre el
polietileno sean más fuertes que los de la solución tensoactiva, la compatibilidad
química suficiente puede probarse después de un almacenamiento previo de tres
semanas a 40 °C, según 6.1.5.2.6, pero con la materia de llenado original.
b)
Ácido acético para las materias y preparados que provoquen efectos de fisuración bajo
tensión sobre el polietileno, en particular para los ácidos monocarboxílicos y para
los alcoholes monovalentes.
Se utilizará ácido acético en concentración del 98 al 100%. Densidad relativa = 1,05.
La prueba de apilamiento se efectuará tomando como base una densidad relativa de al
menos 1,1.
En el caso de las materias de llenado que hinchen el polietileno más que el ácido acético,
hasta tal punto que el aumento de su masa pueda alcanzar el 4%, la compatibilidad
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