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4.2.5.3
Disposiciones especiales aplicables al transporte en cisternas portátiles
Las disposiciones especiales aplicables al transporte en cisternas portátiles afectarán a
determinadas materias, además o en vez, de las que figuran en las instrucciones de transporte
en cisternas portátiles o en las disposiciones del capítulo 6.7. Estas disposiciones se
identifican mediante un código alfanumérico que empieza con las letras "TP" (del inglés
"Tank Provision") y están indicadas en la columna (11) de la tabla A del capítulo 3.2,
referente a materias concretas. Se enumeran a continuación:
TP1
No deberá sobrepasarse el grado de llenado del 4.2.1.9.2
97
grado de llenado =
1 + α (t - t  f ) ⎟
r
TP2
No deberá sobrepasarse el grado de llenado del 4.2.1.9.3
95
grado de llenado =
1 + α (t - t  f ) ⎟
r
TP3
El grado de llenado máximo (en %) para las materias sólidas transportadas a
temperaturas superiores a su punto de fusión y para líquidos transportados a alta
temperatura deberá determinarse conforme al 4.2.1.9.5.
d ⎞
grado de llenado = 95 r ⎟
df
TP4
El grado de llenado no deberá sobrepasar el 90% o cualquier otro valor
aprobado por la autoridad competente (véase 4.2.1.16.2).
TP5
Se debe respetar el grado de llenado del 4.2.3.6.
TP6
La cisterna deberá ir provista de dispositivos de descompresión adaptados a su
contenido y a la naturaleza de las materias transportadas, para evitar que la
cisterna pueda estallar en cualquier circunstancia, incluida su inmersión en el
fuego. Los dispositivos también tendrán que ser compatibles con la materia.
TP7
El aire deberá ser eliminado de la fase vapor con ayuda de nitrógeno o con otros
medios.
TP8
La presión de prueba podrá ser reducida a 1,5 bar si el punto de inflamación de
la materia transportada es superior a 0 °C.
TP9
Una materia que responda a esta descripción sólo podrá ser transportada en
cisterna portátil con la autorización de la autoridad competente.
TP10
Se exigirá un revestimiento de plomo de al menos 5 mm de espesor, que debe
ser sometido a un ensayo anual, o un revestimiento de otro material apropiado
aprobado por la autoridad competente.
TP12
(Suprimido)
TP13
(Reservado)
TP16
La cisterna deberá estar provista de un dispositivo especial para evitar las
sub/sobrepresiones en condiciones normales de transporte. Este dispositivo
deberá ser aprobado por la autoridad competente. Las disposiciones relativas a
los dispositivos de descompresión son las indicadas en 6.7.2.8.3 para evitar la
cristalización del producto en el dispositivo de descompresión.
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